Resolución Nº 2675-E-2004 de Tribunal Supremo Electoral, 2004

Número de resolución2675-E-2004
Tipo de documentoElectorales

TSE, 2675-E-2004

Nº 2675-E-2004 -TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES . S.J., a las nueve horas y diez minutos del catorce de octubre del dos mil cuatro.

Recurso de Amparo Electoral promovido por los señores W.C.A., cédula 2-246-130, vecino de San Carlos y L.M.Q., cédula 3-199-1396, vecino de Cartago, contra el Tribunal de Elecciones Internas del Partido Liberación Nacional.

RESULTANDO:

1.- En escrito presentado el 5 de octubre del año en curso, en la Secretaría de este Despacho, los señores W.C.A. y L.M.Q., en su condición de candidatos, el primero a la Presidencia Nacional del Movimiento Cooperativo y el segundo como Representación Provincial del Movimiento Cooperativo formularon recurso de amparo electoral contra el Tribunal de Elecciones Internas del Partido Liberación Nacional, por considerar que este Tribunal al dar curso al recurso de amparo electoral seguido bajo la sumaria número 157-F-2004, ordenó al Partido, como medida cautelar, la participación de la Cooperativa COOPAVI R.L. en las elecciones del 29 de agosto del año en curso; sin embargo, a pesar de esa orden, el Tribunal de Elecciones Internas impidió la participación de los asociados de dicha cooperativa, emitiendo una circular que prohibía su participación. Consideran que esa decisión provocó un daño a sus intereses y que influyó en el resultado final de las elecciones, por lo solicitan que se declarar la nulidad del proceso electoral.

2.- El artículo 9 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, de aplicación al recurso de amparo electoral, establece que el recurso se rechazará por el fondo en cualquier momento, incluso desde su presentación, cuando se considere que existen elementos de juicio suficientes.

3.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

R.e.M...R.C.; y,

CONSIDERANDO

I.- Sobre lo realmente consignado por este Tribunal en el auto que dio curso al recurso de amparo seguido bajo el expediente número 157-F-2004: Por auto de las ocho horas cuarenta minutos del veintiséis de agosto del dos mil cuatro, este Tribunal dio curso al recurso de amparo electoral número 157-F-2004, en el que, por mandato expreso del artículo 41 de la Ley de la jurisdicción Constitucional dispuso “ dejar sin efecto cautelarmente la resolución del Tribunal de Elecciones Internas del Partido Liberación Nacional que ordenó la exclusión del recurrente como candidato. Es decir, las autoridades del Partido deberán permitir la participación del recurrente en el proceso electoral ”. En el referido auto, este Tribunal no hace...

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