Resolución Nº 2765-E-2007 de Tribunal Supremo Electoral, 2007

Número de resolución2765-E-2007
Tipo de documentoMunicipales

TSE, 2765-E-2007

No 2765-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las catorce horas del siete de octubre de dos mil siete.

Recurso de amparo electoral interpuesto por D.R.M., cédula n.º 1-520-468, a favor de la señora M.V.G.J., cédula n.º 1-1082-378, privada de libertad en el Centro de Atención Institucional Buen Pastor, al no inscribírsele como sufragante en dicho Centro.

RESULTANDO

I.- Mediante escrito presentado ante la Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones a las 9:35 horas del 7 de octubre de 2007 el señor D.R.M. interpuso recurso de amparo electoral a favor de la señora M.V.G.J., privada de libertad en el Centro de Atención Institucional Buen Pastor ubicado en el cantón Desamparados, provincia S.J., al aducir, en perjuicio de la amparada, una lesión al derecho al sufragio. En el escrito de amparo se indica en lo pertinente: “Manifiesta la indiciada corporal que a pesar de tener más de 1 mes y medio de estar detenida, no ser delincuente en tanto indicios que se le siguen la administración del CAI Buen Pastor NO la inscribieron en esas mesas siendo ella cual sufragante vecina electoral de ahí por estadía anterior.”

2.- En el procedimiento no se notan defectos que causen nulidad o indefensión.

R.e.M...S.G.;y,

CONSIDERANDO

I.- Sobre el rechazo de plano de los recursos de amparo electoral: La Ley de la Jurisdicción Constitucional (n.º 7135 del 11 de octubre de 1989, publicada en el Alcance n.º 34 al Diario Oficial La Gaceta n.º 198 del 19 de octubre de 1989), de aplicación al recurso de amparo electoral, establece en su artículo 9 que se rechazará de plano cualquier gestión manifiestamente improcedente o infundada; siendo también posible su rechazo por el fondo en cualquier momento, incluso desde su presentación, cuando se considere que existen elementos de juicio suficientes, o que se trata de una simple reiteración de una gestión anterior o igual.

II.- Sobre la situación concreta: El señor R.M. interpone el presente recurso de amparo a favor de la señora M.V.G.J. quien manifestó, de acuerdo a su escrito, que tenía un mes y medio de estar detenida y la administración del Centro de Atención Institucional Buen Pastor no la inscribió siendo electora en ese centro.

De conformidad con el centro de consultas electorales que este Tribunal ha dispuesto en su página electrónica, la señora G.J. aparece inscrita como electora en la Junta Receptora de Votos n.º...

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