Resolución No. Nº 380-2015-MEP

Fecha de publicación18 Mayo 2015
Número de registroIN2015029592
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº 380-2015-MEP.—San José, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del veintitrés de enero del dos mil quince.

Se procede a rectificar error material de la resolución Nº 2563-MEP-2014 de las catorce horas cuarenta y tres minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, dictada a favor del Centro de Estimulación Temprana Osito Panda.

Resultando:

1º—Que en la resolución Nº 2563-2014-MEP de las catorce horas cuarenta y tres minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, se reconoció y acreditó el nivel Preescolar que imparte el Centro de Estimulación Temprana Osito Panda, y en dicha resolución se presentó el siguiente error material: “Que en toda la resolución de marras, se consignó de forma incorrecta la palabra “Prescolar”, además en el “Resuelven”, párrafo primero reglón cuatro, se escribió incorrectamente y con minúscula “nivel prescolar”.

2º—Para el dictado de la presente resolución se han practicado las diligencias útiles y necesarias.

Considerando único:

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, el cual establece que: “En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos”, se procede a rectificar la resolución Nº 2563-MEP-2014 de las catorce horas cuarenta y tres minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, de la siguiente manera:

Léase correctamente en toda la resolución la palabra “Preescolar” y en el “Resuelven”, párrafo primero reglón cuatro “Nivel Preescolar”, además se le agregue a la solicitud del representante legal del centro educativo, seguido a “Nivel Preescolar” las palabras (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Transición).

Así las cosas, se tienen subsanados los errores antes referidos, manteniéndose en todos sus demás extremos los alcances de la resolución Nº 2563-MEP-2014 de las catorce horas cuarenta y tres minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce. Por tanto,

LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en el Artículo 146 de la Constitución Política y con base en las consideraciones y citas legales que anteceden,

RESUELVEN:

Proceder a rectificar el error material señalado en la resolución Nº 2563-2014-MEP de las catorce horas cuarenta y tres minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce en el siguiente sentido:

1. Se procede a rectificar el error material conforme a lo señalado en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR