Resolución Nº 3934-E1-2009 de Tribunal Supremo Electoral, 2009

Número de resolución3934-E1-2009
Tipo de documentoElectorales

TSE, 3934-E1-2009

N.º 3934-E1-2009.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES.S.J., a las diez horas cuarenta minutos del veinte de agosto de dos mil nueve.

Recurso de amparo electoral interpuesto por el señor D.A.B., contra el Partido Liberación Nacional.

RESULTANDO

1.- En escritopresentado el 17 de abril del 2009, el señor D.A.B. interpuso recurso de amparo electoral contra el Partido Liberación Nacional con fundamento en los siguientes hechos: que presentó papeletas en los siete distritos del cantón Nicoya y en los cuatro movimientos, para las elecciones distritales del 18 de febrero del 2009, lo cual implicó el pago de la cuota de inscripción y la inversión en labores proselitistas. Que organizó el traslado de los simpatizantes de la papeleta número once a los centros de votación, pero éstos no pudieron votar debido a que los centros cerraron o dejaron de recibir a los electores por agotamiento de las papeletas. Que los delegados del Tribunal de Elecciones Internas del Partido son seguidores de la cúpula partidaria y manipularon el envío de papeletas a los centros de votación, con el fin de garantizar la permanencia del grupo en el poder. Que dicha permanencia se garantizó enviando a sus seguidores a votar en la mañana, antes de que se agotaran las papeletas, e impidiendo el voto de miles de liberacionistas, que se presentaron durante la tarde a los centros de votación, a ejercer el derecho al sufragio por cuanto se habían agotado las papeletas. Que el Tribunal de Elecciones Internas manipuló el horario de la votación y la cantidad de papeletas enviadas a los centros de votación, en perjuicio de los pequeños candidatos, y de los votantes que después del mediodía no pudieron emitir su voto. Que en su condición de gestor de papeletas estima que ha sido estafado dado que canceló el monto correspondiente a la inscripción, pero el Partido no invirtió el dinero en gastos de organización sino que gastó el dinero en otras actividades. Que la irregularidad en la organización de la votación quedó acreditada en las manifestaciones del señor F.A.P., Presidente del Comité Ejecutivo Superior, publicadas en el periódico La Nación, el 19 de febrero del 2009, según el cual indicó: “P. atribuyó el faltante al “deseo dentro del Partido de economizar recursos y ahora con la conciencia ecológica que atenta contra el desperdicio de papel (…) puede ser que en algunos lugares se hayan presentado desajustes.”. Solicita se anulen las asambleas distritales del cantón Nicoya y se ordene la nueva realización de éstas. Asimismo, solicita se realice una auditoría de las finanzas del partido para cuantificar el monto invertido incorrectamente, se condene al partido al pago de daños y perjuicios y se ordene en los sucesivos procesos enviar la totalidad de papeletas para garantizar el ejercicio del sufragio de todos los electores inscritos.

2.- Mediante resolución de las 15:15 horas del 22 de abril del 2009, el Magistrado Instructor previno al recurrente para que aclarara los derechos fundamentales de carácter político electoral que considera lesionados o amenazados, los actos de aplicación individual o las omisiones partidarias, concretas e individualizables, que cuestiona y que identificara los sujetos cuyos derechos fundamentales considera conculcados.

3.- En escrito presentado el 4 de mayo del 2009 el recurrente atendió la prevención realizada en los siguientes términos: 1) que en las asambleas distritales cuestionadas...

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