Resolución Nº 4511-E1-2009 de Tribunal Supremo Electoral, 2009

Número de resolución4511-E1-2009
Tipo de documentoElectorales

TSE, 4511-E1-2009

N.° 4511-E1-2009.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las quince horas cuarenta y cuatro minutos del cinco octubre de dos mil nueve.

Recurso de amparo electoral promovido por la señora M.E.A.M., cédula número 1-485-523, contra el Tribunal Electoral Interno del Partido Movimiento Libertario.

RESULTANDO

1.- En escrito presentado ante la Secretaría del Tribunal el 21 de setiembre de 2009 la señora M.E.A.M. formuló recurso de amparo electoral contra el Tribunal Electoral Interno del Partido Movimiento Libertario en virtud de la anulación, por parte de ese órgano partidario, de la asamblea cantonal convocada para escoger los candidatos a regidores del cantón Central S.J.. Aduce que es delegada a la asamblea cantonal del cantón Central S.J. y que, en tal condición, acudió a la convocatoria de esa asamblea a celebrarse el 30 de agosto de 2009. Señala que, a pesar de los intentos de un grupo de compañeros para cancelar la asamblea, se procedió a realizarla al existir el quórum de ley previsto en la normativa electoral, para lo cual se contó con la anuencia del delegado de este Tribunal. Afirma que, en la asamblea de interés, se eligieron los candidatos a regidores del Partido por el citado cantón, mediante una papeleta de consenso, que estableció el respeto a los derechos de todos y cada uno de los fundadores, electores y nuevos electores del Partido. Menciona que el 5 de setiembre de 2009 el Tribunal Electoral Interno del Partido resolvió, sin conocer ni tomar en cuenta el acta del delegado del Tribunal Supremo de Elecciones, anular de oficio la asamblea cantonal del cantón Central S.J.. Argumenta que la resolución impugnada carece del fundamento fáctico y jurídico que impone la normativa electoral toda vez que el Código Electoral señala que, para efectos del quórum, en las asambleas cantonales de los partidos políticos solamente se tomarán en cuenta los delegados territoriales electos por los distritos, sea, 55 delegados, siendo que en la asamblea se encontraban presentes 28 delegados territoriales de los 55 plenos y los demás adicionales, para un total de 42 asambleístas. Indica que la resolución emitida por el Tribunal Electoral Interno del Partido ocasiona un grave perjuicio a su hija M.V.A., a favor de quien también interpone el recurso, para que se proceda a garantizar y amparar su elección, la cual se hizo en pleno derecho y respetándose la equidad de género. Expresa que el Tribunal Electoral Interno del Partido, oficiosamente, violentó las normas de imparcialidad y respeto a las decisiones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR