Resolución Nº 5571-E2-2010 de Tribunal Supremo Electoral, 2010

Número de resolución5571-E2-2010
Tipo de documentoElectorales

TSE, 5571-E2-2010

N.º 5571-E2-2010.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las diez horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil diez.

Recurso de A.E. interpuesto por la señora M.V.A., contra el Partido UNIDAD SOCIAL CRISTIANA, por impedirle inscribir su candidatura para la elección del puesto de síndica propietaria en la asamblea del cantón Central, provincia S.J., realizada por esa agrupación política.

RESULTANDO

1. Mediante escrito remitido a la secretaría del Tribunal el 25 de mayo del 2010, la señora M.V.A., en su condición de delegada del Partido Unidad Social Cristiana y aspirante a candidata a un puesto de elección popular, formuló recurso de amparo electoral contra el Partido UNIDAD SOCIAL CRISTIANA al estimar vulnerados sus derechos fundamentales, con sustento en los siguientes hechos (folios 01 a 03): a) que el 23 de mayo del 2010 el Partido Unidad Social Cristiana celebró la asamblea del cantón Central, provincia S.J. a fin de elegir los candidatos a síndicos; b) que al expresar interés por presentar su candidatura y someter su nombre a la elección, el señor W.H.M., delegado en esa asamblea por el distrito La M., le dijo que dejara el campo a personas más jóvenes, pues ella era una persona mayor y enferma; c) que la asamblea decidió elegir como candidatos para el puesto de síndico propietario y suplente, por ese distrito, a los integrantes de la papeleta presentada por el señor H.M..

2. Mediante escrito aclaratorio presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 21 de junio del 2010, la recurrente V.A. señaló: a) que el regidor D.Q.A. la mantuvo con la idea de que sería la síndica propietaria por el distrito La M.; b) que cuando llegó el día de la asamblea ya se habían repartido las fichas para postularse y no pudo obtener ninguna boleta para inscribir su candidatura (folio 12).

3. Mediante auto de las 15:15 horas del 30 de junio del 2010, esta M. solicitó informe al Partido Unidad Social Cristiana sobre los hechos expuestos en el presente recurso de amparo electoral (folio 20).

4. En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

R.e.M.E.F.; y,

CONSIDERANDO

I.- Objeto de la gestión presentada. La recurrente, quien es aspirante a un cargo de elección popular, acude en amparo electoral contra el Partido Unidad Social Cristiana al considerar vulnerado su derecho de participación política en virtud de que se le impidió...

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