Resolución Nº 8186-E1-2011 de Tribunal Supremo Electoral, 2011

Número de resolución8186-E1-2011
Tipo de documentoElectorales

TSE, 8186-E1-2011

N.° 8186-E1-2011.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las trece horas treinta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil once.

Recurso de amparo electoral formulado por las señoras L.A.M. y S.F.S. contra la Comisión Organizadora del Plebiscito Revocatorio de Mandato que ostenta el señor L.M.E., Alcalde Municipal de P.Z..

RESULTANDO

1.- Mediante escrito presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 13 de diciembre de 2011, las señoras L.A.M. y S.F.S. interponen recurso de amparo electoral contra la Comisión Organizadora del plebiscito revocatorio de mandato que ostenta el señor L.M.E., Alcalde Municipal de P.Z.. Indican que se presentaron a la escuela de Palmares ubicada en el distrito D.F. a las nueve de la mañana, ya que fueron convocadas por la Comisión Organizadora del Plebiscito para la capacitación, juramentación y entrega del carné como integrantes de las juntas receptoras de votos para el proceso plebiscitario a realizarse el próximo 18 de diciembre de 2011. Alegan que, en principio, se les indicó que no aparecían en la lista y luego de que sus nombres fueron consignados, se les señaló que las juntas receptoras de S.J.B., donde les corresponde, estaban integradas con miembros de la tendencia del SI. Señalan que las personas que les dijeron lo anterior se llaman V.C. y una funcionaria del Tribunal de nombre D.R.. Solicitan que se les resuelva esa situación y que se le permita a los miembros de mesa de la tendencia del NO participar en igualdad de condiciones en este proceso electoral asegurando al cantón un proceso transparente (folio 1).

2.- Por auto de las 14:10 horas del 14 de diciembre de 2011, se dio curso al amparo formulado y se le confirió audiencia al señor M.F.A.J., Presidente de la Comisión Organizadora del plebiscito revocatorio del mandato, para que se refiriera a los hechos narrados en el recurso. Asimismo, se le pidió a la Dirección del Registro Electoral y Financiamiento de los partidos políticos que remitiera un informe sobre el particular (folio 2).

3.- Mediante oficio n.° DGRE-503-2011 presentado ante la Secretaría del Tribunal el 15 de diciembre de 2011, el Lic. H.F.M., D. General del Registro Electoral y Financiamiento de los Partidos Políticos, presentó el informe requerido por este Tribunal. En dicho informe enfatizó que, según el reporte brindado por la señora D.R.B., asesora electoral, no es cierto que se le indicara a las recurrentes que las juntas receptoras de votos de S.J.B. estaban integradas, solamente, con miembros de la tendencia del SI. Indica...

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