Resolución Nº R-DCA-206-2014 de Caja Costarricense de Seguro Social (ccss), 01-04-2014

Fecha01 Abril 2014
EmisorCaja Costarricense de Seguro Social (ccss)
R-DCA-206-2014
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las once horas del primero de abril de dos mil catorce-------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por DISTRIBUIDORA FARMACÉUTICA
CENTROAMERICANA DIFACE S. A. en contra del acto de adjudicación del concurso No. 2014MD-
000001-05101 promovida por la CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL, para la
adquisición de Oseltamivir 75mg, recaído a favor de la empresa CEFA CENTRAL FARMACEUTICA
S.A.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que la empresa DISTRIBUIDORA FARMACEUTICA CENTROAMERICANA DIFACE S.A, el
dieciocho de marzo de dos mil catorce, presentó ante este órgano contralor recurso en contra del acto de
adjudicación del citado concurso No. 2014MD-000001-05101, ---------------------------------------------------
II.-Que mediante auto de las ocho horas cuarenta minutos del veinte de marzo de dos mil catorce, esta
División solicitó el expediente administrativo a la Caja Costarricense del Seguro Social, requerimiento
que fue atendido mediante oficio LPM-0331-2014-------------------------------------------------------------------
III.-Que en el procedimiento se han observado las prescripciones constitucionales, legales y
reglamentarias. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.-HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente caso se tienen por demostrados los siguientes
hechos de interés: 1) Que en oficio AABS-0603-2014 la Administración indicó: “Por último, la
modalidad del contrato se estableció como entrega según demanda ante la solicitud expresa del Área de
Planificación de Bienes y Servicios por las características del producto, corresponderá a los encargados
de la ejecución contractual vigilar que el monto de total que se vaya a contratar no supere el límite
económico establecido para el tipo de procedimiento de escasa cuantía.”. (Folio 17 del expediente de
apelación) 2) Que en la decisión inicial de la presente contratación se indicó: “[…] 4. Determinación del
procedimiento a utilizar. De conformidad con el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, la
Resolución Nº R-DC-029-2013 del 26-02-2013 emitida por la Contraloría General de la República,
mediante la que se comunican los “Límites Generales de Contratación Administrativa 2013” y la
estimación indicada en el punto anterior, el tipo procedimiento de contratación a llevar a cabo será el de
Contratación Directa por Escasa Cuantía (MD) […]”(Ver expediente digital en el Sistema de Compras
Electrónicas Compr@red, al cual se accede por medio del sitio https://www.hacienda.go.cr/comprared,

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