Resolución Nº R-DCA-394-2011 de Caja Costarricense de Seguro Social (ccss), 09-08-2011
Fecha | 09 Agosto 2011 |
Emisor | Caja Costarricense de Seguro Social (ccss) |
R-DCA-394-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las diez horas del nueve de agosto de dos mil once. -----------------------
Recurso de objeción interpuesto por la empresa PANAMEDICAL DE COSTA RICA S.A., en
contra de las modificaciones al cartel de la Licitación Pública No. 2011LN-000012-5101 promovida
por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL para la adquisición de “Bolsas de
Colostomía cerradas para adultos, sistema de dos piezas, con medidas para estomas de 47 mm +/-3
mm”. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: El 22 de julio del 2011 la empresa Panamedical de Costa Rica S. A. interpuso
recurso de objeción en contra de las modificaciones del cartel de la licitación pública No. 2011LN-
000012-5101 promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social para la adquisición de bolsas
de colostomía cerradas para adultos. ----------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: Mediante auto de las once horas del veintiséis de julio de dos mil once, se
confirió audiencia especial a la Administración licitante para que se refiriera al recurso y remitiera
copia del cartel, la cual fue atendida mediante oficio SACA-2011-1138 de fecha 29 de julio de 2011
al cual se anexa el oficio CTO-097-2011 de fecha 28 de julio de 2011 y el cartel.-----------------------
III. POR CUANTO: Mediante oficio número CTO-102-2011 de 5 de agosto recién pasado, la
Administración amplía el criterio técnico emitido en oficio CTO-097-2011, arriba mencionado. -----
IV. POR CUANTO. SOBRE EL FONDO. 1. Certificado de laboratorio externo. El recurrente
señala que se introduce la modificación en cuanto a la solicitud del certificado de laboratorio
externo al señalar que el certificado debe ser expedido a nombre del fabricante, cuando el cartel
originalmente permitía que fuese expedido a nombre del representante legal que presentara la
oferta. Solicita se modifique el cartel nuevamente para que se permita también el certificado
emitido a nombre del representante legal. La Administración acepta lo alegado y señala que la
cláusula objetada se deberá leer de la siguiente manera: “El proveedor debe presentar un certificado
en idioma español, de calidad de un laboratorio externo a la empresa, reconocido a nivel nacional
o internacional, expedido a nombre del fabricante o representante legal de la oferta”. Criterio
para resolver: Primeramente ha de hacerse la observación de que se está en presencia de
objeciones a las modificaciones efectuadas al cartel de la licitación pública No. 2011LN-000012-
5101, de allí que se entra a conocer de las mismas al estar en discusión precisamente las
modificaciones producto de lo resuelto por este Despacho en resolución no. R-DCA-339-2011 de
las 14:00 horas del 8 de julio de 2011, y al tenor de lo que faculta el artículo 171 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa. Ahora bien, de conformidad con lo indicado en la página
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