Resolución Nº R-DCA-00677-2018 de Consejo Nacional de Vialidad, 13-07-2018

Fecha13 Julio 2018
EmisorConsejo Nacional de Vialidad
R-DCA-0677-2018
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las catorce horas ocho minutos del trece de julio de dos mil dieciocho.------------------
Recursos de apelación interpuestos por CONSORCIO ALSO-CARIBE y CONSTRUCTORA
JR AJIMA DE OCCIDENTE S. A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000003-0006000001 promovida por el CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD (CONAVI) para “Trabajos para la atención de la Ruta Nacional No. 239 (en lastre),
secciones de control Nos. 10502, 10511 y 10512; Zona 1-2”, recaído en la empresa
CONSTRUCTORA HERMANOS BUSTAMANTE E HIJOS S. A. por un monto total de
¢723.476.253 (setecientos veintitrés millones cuatrocientos setenta y seis mil colones con
doscientos cincuenta y tres colones exactos.--------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que mediante escritos presentados el tres de abril dos mil dieciocho, el Consorcio Also-Caribe
y la empresa JR Ajima de Occidente S. A., interpusieron ante esta Contraloría General sendos
recursos de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida Licitación Pública No.
2017LN-000003-0006000001.--------------------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del cinco de abril de
dos mil dieciocho, esta División de Contratación Administrativa requirió a la Administración la
presentación del expediente administrativo del concurso, lo cual fue atendido mediante oficio
PRO-01-2018 del 09 de abril de 2018, recibido en esta Institución en la misma fecha, en donde
indica que el expediente electrónico de la contratación se encuentra visible de forma completa
en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).----------------------------------------------------
III. Que mediante auto de las once horas con treinta y nueve minutos del dieciocho de abril de
dos mil dieciocho, se confirió audiencia inicial tanto a la Administración como a la Adjudicataria
Constructora Hermanos Bustamante e Hijos S.A para referirse a los alegatos formulados por las
recurrentes. De igual forma se confirió audiencia inicial a las empresas oferentes Constructora
JR Ajima de Occidente S. A., Montedes S. A. y Constructora JCB S. A. para que manifestaran
por escrito lo que a bien tuvieran respecto a los alegatos formulados por el Consorcio Also-
Caribe en el escrito de interposición de su recurso. Dicha audiencia fue contestada por la
adjudicataria Constructora Hermanos Bustamante e Hijos S.A mediante escrito del tres de mayo
de dos mil dieciocho, recibido en esta Contraloría General en dicha fecha; por su parte las tanto
las empresas Montedes S. A. y JR Ajima de Occidente S. A. así como la Administración
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mediante oficio PRO-01-2018-0379 del 04 de mayo de 2018, aportaron sus respectivas
contestaciones, todas recibidas en esta Contraloría General el pasado cuatro de mayo de dos
mil dieciocho. La empresa Constructora JCB S. A., no contestó la audiencia conferida.-------------
IV. Que mediante auto de las diez horas con veintiséis minutos del once de mayo de dos mil
dieciocho, se confirió audiencia especial a las apelantes: 1) Consorcio ALSO-CARIBE para
referirse a las argumentaciones realizadas en contra de su oferta tanto por la empresa
adjudicataria Constructora Hermanos Bustamante e Hijos S. A. como la empresa Constructora
JR AJIMA de Occidente S. A. al momento de contestar la audiencia inicial. 2) Constructora JR
AJIMA de Occidente S. A., para referirse a las argumentaciones realizadas en contra de su
oferta por la adjudicataria Constructora Hermanos Bustamante e Hijos S. A., y la empresa
MONTEDES S. A. Dicha audiencia fue contestada por el Consorcio Also-Caribe mediante
escrito de fecha 17 de mayo de 2018, recibido en esta Contraloría General el pasado veintiuno
de mayo del año en curso; mientras que la recurrente Constructora JR Ajima de Occidente S.
A., remitió su respuesta mediante escrito del 18 de mayo de 2018, recibido en esta Institución el
pasado veintiuno de mayo del corriente.--------------------------------------------------------------------------
V. Que mediante auto de las ocho horas quince minutos del quince de junio de dos mil
dieciocho, se notifica a las partes la prórroga del plazo legal para resolver los recursos en diez
días hábiles a partir del vencimiento del plazo de treinta días hábiles luego de admitido para
conocimiento el recurso interpuesto, según lo establecido en el artículo 191 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa (RLCA). Lo anterior producto de la complejidad técnica de
los aspectos a resolver en los recursos interpuestos y la información aportada por las partes.----
VI. Que mediante auto de las catorce horas con treinta y cinco minutos del tres de julio de dos
mil dieciocho, se notifica a las partes la existencia de un error material en el auto de prórroga de
plazo de prórroga otorgado, en tanto se entiende que se trata de veinte días hábiles.---------------
VII. Que mediante auto de las catorce horas con cuatro minutos del diez de julio de dos mil
dieciocho, se notificó a las partes audiencia de nulidad absoluta del procedimiento, por
considerarse la posible existencia de un vicio técnico de origen en el esquema del proyecto
objeto de la contratación, relacionado con la presencia de un modelo técnico que se aparta de
lo dispuesto en el cartel sobre el centroide. Al respecto mediante escritos del 11 de junio de
2018, recibidos en esta fecha en esta Contraloría General, la empresa apelante JR Ajima de
Occidente S. A. y el Consorcio apelante Also-Caribe, así como la adjudicataria Constructora
Hermanos Bustamante e Hijos S. A. presentaron sus respectivas respuestas; de igual forma
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presentó su respuesta en dicha fecha, la Administración, mediante oficio PRO 01-2018-0655 del
11 de julio del 2018, el cual fue complementado con el oficio GCTT 01-18-0268 del 12 de julio
del presente año, recibido en esa misma fecha en esta Institución.----------------------------------------
VIII. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las
prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias correspondientes.---------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos probados. Para efectos de la presente resolución, con vista en el expediente
administrativo electrónico existente en el Sistema de Compras Públicas (SICOP) y la
documentación que consta en el expediente del trámite del recurso de apelación, se tiene por
demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Sobre el desarrollo del proceso contractual
recurrido, se tiene por probado que: a) Que el Consejo Nacional del Vialidad, promovió la
Licitación Pública N°2017LN-000003-0006000001 para “Trabajos para la atención de la Ruta
Nacional No. 239 (en lastre), secciones de control Nos. 10502, 10511 y 10512; Zona 1-2 (ver
folios 28 a 30 del expediente de apelación). b) Que la Administración realizó la invitación a
participar en el concurso mediante publicación en la plataforma de SICOP el día 08 de junio de
2017, definiendo la apertura de las ofertas para las 09:00 horas del 24 de julio de 2017 (En la
página principal de la Licitación Pública N°2017LN-000003-0006000001, ingresar en la Sección
2. Información del cartel, al vínculo denominado 2017LN-000003-0006000001 [Versión actual],
una vez ingresado, se desplegará el formulario electrónico denominado Detalles del concurso”;
en el mismo, dirigirse al Punto 1. Información general y ubicar los campos Inicio de recepción
de ofertas y “Fecha/hora de apertura de ofertas” en la plataforma de compras electrónicas
SICOP). c) Que de conformidad con la Apertura de Ofertas, fueron recibidas nueve ofertas, a
saber: 1) Constructora Hermanos Bustamante S. A. con un precio total de ¢723.476.253; 2) JR
Ajima de Occidente S. A. la cual presentó una oferta por un monto total de ¢839.817.059,88; 3)
Montedes S. A. la cual presentó una oferta por un monto total de ¢ 1.495.505,77; 4) JCB
Constructora y Alquileres S. A. la cual presentó una oferta por un monto total de ¢1.666,664,61;
5) Also Frutales S. A. (Consorcio Also-Caribe) la cual presentó una oferta por un monto total de
¢1.892.085,63; 6) Constructora Hernán Solís Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual
presentó una oferta por un monto total de ¢ 1.996.515,05; 7) América Construcciones S. A. la
cual presentó una oferta por un monto total de ¢ 2.002.561,62; 8) Grupo Orosi S. A. la cual
presentó una oferta por un monto total de ¢ 2.386.009,38 y 9) Constructora Meco S. A., la cual
presentó una oferta por un monto total de ¢ 3.060.856,05 (ver Sección Resultado de la apertura

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