Resolución Nº R-DCA-129-2007 de Instituto Costarricense de Electricidad, 22-03-2007

Fecha22 Marzo 2007
EmisorInstituto Costarricense de Electricidad
RC-**-2000

R-DCA-129-2007

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas con treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil siete.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Recurso de apelación interpuesto por Compañía de Desarrollo Eléctrico S. A (Codelec) representante de la firma Lindsey Manufacturing Co. Inc, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2006LN-000018-PROV, promovida por el Instituto Costarricense de Electricidad, para la adquisición de sistema de restauración para líneas de transmisión, recaída a favor de Tower Solutions Inc., por un monto de $438.040.----------------------------------------------

RESULTANDO

I.-La Compañía de Desarrollo Eléctrico S. A (Codelec) representante de Lindsey Manufacturing Co. Inc presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida licitación.----

II.-Mediante auto de las diez horas del dos de febrero del dos mil siete se confirió audiencia inicial a la Administración y a la adjudicataria, la cual fue atendida en el plazo conferido.--------------------

III.-Mediante auto de las nueve horas del primero de marzo del dos mil siete, se confirió audiencia especial al apelante para que se refiriera a las argumentaciones que en su contra se hicieron al contestar la audiencia inicial.------------------------------------------------------------------------------------

IV.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.-----------------------------------

CONSIDERANDO

I.-Hechos probados: Para la resolución de este asunto se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Administración promovió la Licitación Pública 2006LN-000018-PROV para la adquisición de sistema de restauración para líneas de trasmisión (Adquisición de torres de emergencia). (Ver folio D-1 y siguientes del expediente de la apelación), 2) Que participaron en el concurso los siguientes oferentes: Lindsey Manufacturing Company, representada por Compañía de Desarrollo Eléctrico S. A y Tower Solutions Inc. representada por Sistemas de Potencia de Centroamérica S. A. (Ver folio 240 del expediente administrativo), 3) Que el acto de adjudicación recayó a favor de Tower Solutions Inc. representada por Sistemas de Potencia de Centroamérica SPC S. A. por un monto de $438.040,00. (Ver folios D-4 y D-5 del expediente de la apelación), 4) Que en el cartel de la licitación, entre otras cosas, se indicó: “14 Sistema de valoración y comparación. 14.1 Una vez determinado que las ofertas cumplen con los aspectos legales y técnicos y son admisibles para una eventual adjudicación se procederá a realizar la calificación en dos etapas [...] Primer aspecto: Cartas de Referencia (20%) [...] Segundo aspecto: Relación Longitud-Peso (40%). [...] Tercer aspecto Cantidad de Contenedores (40%) [...] Todas aquellas ofertas que obtengan una calificación superior a 75%, pasarán a la segunda etapa la cual se definirá partiendo de cero únicamente por precio.” En la modificación 1 al cartel, se indica: “El oferente presentará como máximo 5 cartas de recomendación de clientes que hayan adquirido al menos un sistema completo de restauración de emergencia por parte del oferente, con las características similares a la que se está solicitando en esta partida. Ese sistema de restauración debe haber sido probado por el cliente, ya sea en fábrica o por él mismo. Se debe aportar los certificados de prueba.” (Ver expediente de la licitación), 5) Que el ICE solicitó a CODELEC S. A aclarar lo siguiente: a) “2. En las cartas de los clientes no se incluyó sus certificados de prueba. Favor aportar los certificados de pruebas correspondientes a dichas cartas. (Ver corrección al cartel #1).” (Ver oficio GAS-0161-2006 de 28 de agosto de 2006, que consta a folio 105 del expediente, así como nota de 30 de agosto del 2006, dirigida a CODELEC S. A visible a folio 106 del expediente administrativo), b) En las cartas de los clientes no se incluyó sus certificados de prueba. Favor aportar los certificados de pruebas correspondientes a dichas cartas (Ver corrección al cartel #1 (Ver oficio GAS-01676-2006 de 30 de agosto del 2006, a folio 113 del expediente, así como nota de 30 de agosto del 2006 dirigida a CODELEC, folio 114 del expediente administrativo), 6) Que CODELEC, mediante nota de 4 de setiembre del 2006, remite documentación de Lindsey Manufacturing Company, donde se atienden los oficios GAS-061-2006 y GAS-0167-2006 y, entre otras cosas, señala:A. Nota GAS-0161-2006 del 28/08/06 [...] 1. Nuestra Oferta 1, oferta base. Efectivamente, el número de contenedores ofrecido es uno (1), el cual contiene los herrajes, herramientas, accesorios, aisladores del equipo de esta propuesta. Los módulos de las torres no se incluyen en contenedores, y no hay necesidad de hacerlo. Sin embargo, les aclaramos que en el caso de nuestra oferta 2, oferta alternativa, los módulos de las torres sí se incluyen en los contenedores tal y como se detalla en dicha propuesta. / 2 Cartas de referencia o recomendación de clientes. Todos los equipos adquiridos por los clientes que firman las cartas de recomendación o de referencia, así como los que fueron suplidos al I.C.E., ya están en uso desde hace años, no fueron expuestos a pruebas especiales por no requerirlo así estos clientes. Sin embargo, les reiteramos que los equipos de cada uno y todos estos clientes están amparados o sujetos al protocolo de pruebas anexo a nuestra oferta, que es el mismo indicado en la cláusula 4 de la norma IEEE 1070-1995, del cual se adjunta nuevamente copia, y se someten en la fábrica nuestra de Azusa, California, a las pruebas de acuerdo con los procedimientos de rutina (cláusulas 5 y 6 de la norma IEEE 1070-95), y en un todo de conformidad con las normas establecidas en el Estándar del IEEE 1070-1995. De igual manera, lo haríamos para los equipos ofrecidos al I.C.E en esta licitación, según sus requerimientos, por lo que cumplimos 100% con los requisitos establecidos por el I.C.E en el cartel de esta licitación, y en la normativa IEEE 1070-1995. / B. Nota GAS-0167-2006 del 30/08/06 [...] Cartas de referencia o recomendación de clientes. Tal como se indicó en el punto 2 anterior, los equipos descritos en estas cartas no fueron expuestos a pruebas especiales por parte de los clientes. Sin embargo, están sujetos al protocolo de pruebas antes indicado, y se someten a las pruebas en fábrica de acuerdo con los procedimientos de rutina (cláusulas 5 y 6 de la norma IEEE 1070-95) y en un todo de conformidad con las normas establecidas con el Estándar del IEEE 1070-1995. En la oferta base, así como en la alternativa, incluimos el protocolo o certificado de pruebas que aplica en cada caso, que es el mismo para...

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