Resolución Nº R-DCA-288-2008 de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (aya), 13-06-2008

Fecha13 Junio 2008
EmisorInstituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (aya)
DCA-XXX-2006 R-DCA-288-2008

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del trece de junio del dos mil ocho ------------------------

Recurso de apelación interpuesto por Importadora Química del Norte S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2008LA-000006-PRI, cuyo objeto es la compra de cloro gas, la cual fue promovida por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, habiendo recaído la adjudicación a favor de Transmerquin de Costa Rica S.A. por un monto de $320.924,85 --------------------------------------------------------------------------------------------------------

RESULTANDO

I. Que mediante recurso presentado en tiempo, la oferente Importadora Química del Norte S.A. presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2008LA-000006-PRI, promovida por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, para la compra de cloro gas --------------------------------------------------------------------------------------

II. Que mediante auto dictado a las ocho horas veinte minutos del dos de mayo del dos mil ocho, esta División concedió audiencia inicial a la Administración licitante ----------------------------------- III. Que mediante escrito presentado en tiempo, tanto el Adjudicatario como la Administración hicieron llegar sus alegatos, mismos que se resumirán más adelante.---------------------------------------

IV. Que una vez recibida la respuesta del adjudicatario, de conformidad con el artículo 182 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se le concedió audiencia especial al apelante, por el término de cinco días hábiles. ----------------------------------------------------------------------------

V. Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley y en su trámite se han observado las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, y, --------------------------------------

CONSIDERANDO

I. HECHOS PROBADOS: Para el dictado de la presente resolución, se tienen como suficientemente demostrados los siguientes hechos de interés 1) Mediante publicación hecha en La Gaceta No. 34 del 18 de febrero de 2008, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados extendió invitación para participar en la Licitación Abreviada No. 2008LA-000006-PRI, cuyo objeto es la compra de cloro gas; 2) El cartel estableció el siguiente sistema de evaluación: A) Experiencia 60 puntos. El oferente debe aportar tres cartas de referencia o certificaciones de contrataciones, por ventas de cloro gas, que se hayan dado durante los últimos cinco años y en los cuales se certifique que hayan realizado ventas anuales por cantidades no menores a 15.000 kilogramos con empresas o instituciones similares al AyA. Por cada carta o certificación presentada obtendrá un valor de 20 puntos. Las cartas de referencia deberán contener al menos: c) Nombre de empresa o institución. d) Nombre completo y número de teléfono de la persona con la cual se validará la información. e) Monto total y cantidad de cloro gas adjudicado. f) Fechas de las adquisiciones de gas cloro. g) Indicación expresa de que el gas cloro adquirido cumplió con la Norma AWWA-B-301. h) Señalar si existieron ejecuciones de garantías o cobro de multas. B) Certificación de disponibilidad de cilindros de la empresa. 20 puntos La oferta debe presentar una certificación notariada en la cual se indique claramente que en caso de resultar adjudicada, la empresa contará con una “disponibilidad de cilindros” en Costa Rica no menor a 150 cilindros de 69k y 52 cilindros con capacidad para 970 kg. c) Valoración de ventas con el AyA. Por cada ejecución de garantía, cobro de multas o sanciones de contratos anteriores se rebajarán 20 puntos de la puntuación total. (Ver folio 01 del expediente administrativo). 3) En relación con la aplicación del sistema de evaluación, el cartel estableció: “Toda oferta deberá ajustarse a las condiciones establecidas en este cartel, para determinar su elegibilidad. Para la adjudicación se considerarán únicamente las ofertas que hayan alcanzado un mínimo de 80 puntos en el Sistema de Evaluación”. (Ver folio 15 del expediente administrativo). 4) El 25 de febrero de 2008, se recibieron las siguientes ofertas para la Licitación Abreviada No. 2008LA-000006-PRI: i) Transmerquin de Costa Rica S.A. por un monto de $320.924,85 e ii) Importadora Química del Norte S.A. por un valor de $292.309,37. 5) Transmerquin de Costa Rica S.A. presentó 3 cartas de experiencia, todas ellas fotocopias: i) Venta realizada por Transmerquim de Guatemala S.A. a Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala; ii) Venta realizada por Transmerquim de El Salvador S.A. de C.V. a Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados de El Salvador (ANDA), y iii) Venta realizada por Transmerquim de Costa Rica al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (Ver folios 5 a 7 del expediente administrativo). 6) Importadora Química del Norte S.A. presentó en su ofertas las siguientes cartas de experiencia, en original o copia certificada: i) Nota UEN AyAS-0143-2008 emitida por la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, ii) Nota emitida por la Municipalidad de Belén; iii) Nota emitida por la Municipalidad de La Unión, iv) Nota emitida por la Municipalidad de Alajuela y v) Nota emitida por Tecnoquímicos M&M S.A. (Ver folios 56 a 66 del expediente administrativo). 7) Con vista a las ofertas descritas y específicamente a las cartas de experiencia presentadas se tiene que Transmerquim de Costa Rica S.A. no indicó en ninguna de sus cartas, que las ventas del gas cloro hubiesen cumplido con la Norma AWWA-B-301, mientras que en el caso de Importadora Química del Norte S.A., únicamente una de sus cartas cumplía con tal referencia. 8) Mediante Oficio UD-PT-2008-13 (visible a folio 11 Estudio Técnico, del expediente administrativo), se indica lo siguiente: “Oferta Importadora Química del Norte (…) Total de Puntos obtenidos por el Sistema de evaluación: 20 puntos. Se indica el detalle de la puntuación A) Experiencia Solamente se le asigna 20 puntos. – Carta: Empresa de Servicios Públicos de Heredia, 0 puntos. No hace indicación expresa de que el gas cloro adquirido cumplió con la norma AWWA-B301. No indica si existieron ejecuciones de garantías o cobro de multas. – Carta: Tecniquimicos M&M S.A., 20 puntos. – Carta: Municipalidad Belén, 0 puntos. No indica la cantidad adquirida. – Carta: Municipalidad de Alajuela, 0 puntos. Indica una cantidad menor al mínimo solicitado. – Carta: Municipalidad La Unión, 0 puntos. Indica una cantidad menor al mínimo solicitado. De ser procedente legalmente, solicitar la subsanación de la carta aportada por la Empresa de Servicios Públicos de Heredia. B) Certificación de disponibilidad de cilindros de la empresa. No cumple con lo solicitado, ya que el...

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