Resolución Nº R-DCA-00616-2020 de Consejo Nacional de Vialidad, 11-06-2020

Fecha11 Junio 2020
EmisorConsejo Nacional de Vialidad
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00616-2020
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las once horas con diecinueve minutos del once de junio del dos mil veinte.-----------
RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos por las empresas QUEBRADORES PEDREGAL
SOCIEDAD ANÓNIMA y por CONSTRUCTORA HERNÁN SOLIS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA
2019LN-000020-0006000001 promovida por el CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD (CONAVI)
para “Trabajos para la atención de la Ruta Nacional No.160, sección de control No. 50592 (Barco
Quebrado (R.934) -Nosara), Zona 2-4, suministro y acarreo de emulsión y mezcla asfáltica”,
recaído a favor de la empresa CONSTRUCTORA MECO SOCIEDAD ANÓNIMA, por un monto
de ¢1.092.989.473,40.--------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el veintiocho de mayo del dos mil veinte, las empresas Quebradores Pedregal S.A., y
Constructora Hernán Solis S.R.L., presentaron ante la Contraloría General de la República sus
respectivos recursos de apelación en contra del acto de adjudicación de la licitación pública
2019LN-000020-0006000001 promovida por el Consejo Nacional de Vialidad para “Trabajos para
la atención de la Ruta Nacional No.160, sección de control No. 50592 (Barco Quebrado (R.934)
-Nosara), Zona 2-4, suministro y acarreo de emulsión y mezcla asfáltica”.-------------------------------
II. Que mediante auto de las quince horas del primero de junio del dos mil veinte, esta División
solicitó a la Administración la remisión del expediente administrativo de la referida licitación. Dicha
gestión fue atendida mediante el oficio PRO-08-427-2020 del dos de junio del dos mil veinte, y
en dicho oficio se indica que el expediente administrativo, es digital y se lleva a cabo en la
plataforma SICOP, del Ministerio de Hacienda, pudiendo accesarlo en el Sistema del Ministerio
de Hacienda denominado SICOP.-----------------------------------------------------------------------------------
III. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado
las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. ---------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Para emitir la presente resolución se tienen por demostrados los
siguientes hechos: 1) Que la apertura de las ofertas de la licitación pública 2019LN-000020-
0006000001 se realizó el 24 de enero del 2020. (ver punto 3. Apertura de ofertas, renglón
denominado “Apertura finalizada”, acceso “Consultar”, página denominada “Resultado de la
apertura”, en el expediente del concurso en el Sistema Integrado de Compras Públicas
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Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
denominado SICOP). 2) Que la empresa Quebradores Pedregal S.A., junto con su oferta y con
respecto a la fuente de materiales aportó la siguiente información:

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