Resolución Nº R-DCA-00316-2017 de Junta de Educacion Escuela El Guayabal, Santa Cruz de Guanacaste, 19-05-2017

Fecha19 Mayo 2017
EmisorJunta de Educacion Escuela El Guayabal, Santa Cruz de Guanacaste
R-DCA-0316-2016
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las trece horas trece minutos del diecinueve de mayo del dos mil diecisiete. ----------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa BGB INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA,
en contra del acto de adjudicación del concurso 01-2016, promovido por la JUNTA DE
EDUCACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO GUAYABAL, para la adquisición de “servicios
profesionales tendientes al desarrollo del proyecto de infraestructura del Centro Educativo
Guayabal”, acto recaído a favor de ALLAN ARTAVIA ACOSTA por la suma de ¢15.452.899,04
(quince millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos noventa y nueve colones con
cuatro céntimos).---------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que Inversiones la empresa BGB Ingeniería S.A. presentó recurso de apelación ante esta
Contraloría General el día quince de marzo de dos mil diecisiete.------------------------------------------
II. Que mediante el auto de las nueve horas del diecisiete de marzo del dos mil diecisiete, esta
División solicitó el expediente administrativo del concurso, el cual fue remitido por medio del
oficio sin número de fecha veinte de marzo de dos mil diecisiete. -----------------------------------------
III. Que mediante auto de las catorce horas cincuenta minutos del treinta de marzo del dos mil
diecisiete, esta División otorgó: a) audiencia de una eventual nulidad absoluta del procedimiento
de contratación, que fue contestada solamente por la Junta según escrito agregado al
expediente de apelación; b) audiencia inicial a la Junta y al adjudicatario Allan Artavia Acosta
para que se refirieran a los alegatos del apelante, audiencia que fue contestada por todas las
partes según escritos agregados al expediente de apelación. ----------------------------------------------
IV. Que mediante auto de las ocho horas cuarenta minutos del veintisiete de abril del dos mil
diecisiete, esta División otorgó audiencia final de conclusiones, audiencia que fue contestada
por las partes a excepción de la Junta, según escritos agregados al expediente de apelación.----
VII. Que en el procedimiento se han observado las prescripciones constitucionales, legales y
reglamentarias respectivas. ------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos Probados: Con vista en el expediente administrativo del concurso, aportado por la
Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública,
mediante certificación sin número de fecha veinte de marzo de dos mil diecisiete, se tienen por
demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Junta de Educación del Centro
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Educativo Guayabal, Santa Cruz, Guanacaste, promovió el concurso 01-2016 para la
adquisición de “servicios profesionales tendientes al desarrollo del proyecto de infraestructura
del Centro Educativo Escuela Guayabal”, los cuales comprenden tres etapas:
ETAPA A
FORMULACIÓN (ESTUDIOS BÁSICOS Y
DISEÑO)
Levantamiento topográfico
Estudio de suelo
Prueba de infiltración
Estudios preliminares
Anteproyecto
Planos constructivos
Especificaciones técnicas
Presupuesto detallado
ETAPA B
ASESORÍA EN LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Contratación de mano de obra y material
ETAPA C
ADMINISTRACIÓN DE LA OBRA
(según consta del pliego cartelario, visible a folios 478 a 513 del expediente administrativo del
concurso). 2) Que la invitación para participar en el presente concurso fue remitida
personalmente a los siguientes oferentes: Goncal S.A., BGB Ingeniería S.A., Inversiones Kresco
y Allan Artavia Acosta (según consta de las invitaciones visibles a folios 514 a 517 del
expediente administrativo del concurso). 3) Que la apertura se realizó el día veinte de octubre
de dos mil dieciséis, y consta en dicha acta la participación de las empresas BGB Ingeniería
S.A., Inversiones Kresco y Allan Artavia Acosta (según consta en el acta de apertura visible a
folios 391 al 394, y de las ofertas correspondientes visibles a folios 131 al 390 del expediente
administrativo del concurso) 4) Que mediante oficio DAJ-2111-2014 de fecha quince de octubre
de dos mil quince, el Lic. Enrique Tacsan Loría, en su condición de Director de la Dirección de
Asuntos Jurídicos refirió lo siguiente: Obsérvese que el Reglamento de cita establece para el Ministerio
de Educación Pública un procedimiento excepcional de contratación directa concursada para la construcción
y mantenimiento de infraestructura física educativa, razón por la cual se deberán adoptar las medidas necesarias
de control interno tendientes a constatar una buena administración de los fondos públicos involucrados, así como
establecer los medios que permitan a las juntas acceder al asesoramiento técnico y legal que requieran en las
diferentes etapas del procedimiento. Para tal efecto se deberá establecer una Unidad encargada, que en el Ministerio
de Educación Pública se denomina Departamento de Contrataciones. Ahora bien con respecto a los proyectos de
construcción, (…) un proyecto es el resultado del conjunto de servicios que presta el profesional o empresa
consultora para llevar a cabo todas las fases de una obra, desde su concepción hasta la etapa final, por lo que

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