Resolución Nº R-DCA-00951-2019 de Oficina de Las Naciones Unidas de Servicios Para Proyectos (unops), 24-09-2019

Fecha24 Septiembre 2019
EmisorOficina de Las Naciones Unidas de Servicios Para Proyectos (unops)
R-DCA-0951-2019
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a catorce horas treinta y cuatro minutos del veinticuatro de
setiembre de dos mil diecinueve.------------------------------------------------------------------------------
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por CONSTRUCTORA HERNÁN SOLÍS SRL en
contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública Internacional No. ITB-CRPC-
20240-2018-03, promovida por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para
Proyectos (UNOPS), en coordinación con el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI)
del Ministerio de Obras Pblicas y Transportes (MOPT) para la "Construcción
sostenible de las obras de ampliación de la ruta nacional N. 147 (Radial Lindora y obras
conexas)" recaído en favor de CONSORCIO R147 COPISA CONANSA, por un monto de
$13.087.429,11 (trece millones ochenta y siete mil cuatrocientos veintinueve dólares con
once centavos).--------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el día doce de julio de dos mil diecinueve, la empresa Constructora Hernán Solís
SRL, presentó recurso de apelación ante esta Contraloría General de la República, en
contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública Internacional No. ITB-CRPC-20240-
2018-03.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las nueve horas con dieciocho minutos del veintiséis de julio de
dos mil diecinueve, se confirió audiencia inicial a la Administración y al consorcio
adjudicatario para que se refirieran a los argumentos expuestos en el recurso de apelación,
diligencia que fue atendida mediante escritos agregados al expediente de apelación.---------
III. Que mediante auto de las nueve horas con diez minutos del seis de setiembre de dos
mil diecinueve, se confirió audiencia especial a la Administración para que se refiriera a las
cartas de experiencia adicionales que aportó la adjudicataria al contestar la audiencia
inicial y se prorrogó el plazo para resolver el recurso de apelación presentado. Dicho auto
fue atendido mediante escrito agregado al expediente de apelación.-------------------------------
IV. Que mediante auto de las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del once de
setiembre de dos mil diecinueve, se confirió audiencia especial a la apelante y al consorcio
adjudicatario para que se refirieran a la respuesta dada por la Administración con ocasión
de la audiencia de las nueve horas con diez minutos del seis de setiembre de dos mil
diecinueve. Diligencia que fue atendida mediante escritos agregados al expediente de
apelación.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
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V. Que en el presente caso, se cuenta con los elementos de prueba suficientes y se han
cursado las audiencias respectivas para efectos de resolver el presente asunto y
considerando que el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
dispone que la audiencia final es facultativa para este órgano contralor, se consideró
procedente prescindir en este caso de la audiencia final por las razones expuestas y así se
hace de conocimiento de las partes.-------------------------------------------------------------------------
VI. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Con vista en el expediente administrativo del presente concurso
se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que en su oferta, el
consorcio adjudicatario aportó documentación que indica lo siguiente: “(…) Yo, ANTONIO
CARMONA HERRERO. Con especialidad en INGENIERIA DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS.
Me comprometo durante el periodo de la realización del proyecto a prestar mis servicios
profesionales en la actividad de: RESIDENTE DE OBRA (…) Correspondiente a la selección de una
empresa contratista que se encargue de la Construcción de la Obra “Construcción sostenible de las
obras de ampliación de la Runa Nacional No 147 (radial Lindora) y obras conexas” en caso de que
la misma sea adjudicada al oferente: CONSORCIO R147 COPISA - CONANSA (…) (folio 003786
del expediente administrativo). 2) Que el señor Antonio Carmona Herrero, según consta en
información de la oferta del consorcio adjudicatario, aportó curriculum vitae en el cual
indica tener las titulaciones de Ingeniero Técnico en Minas, promoción 1995 y además la
de Ingeniero de Camino, Canales y Puertos promoción 2011 (folio 003785 del expediente
administrativo). 3) Que en la oferta del consorcio adjudicatario, consta copia de la titulación
de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, otorgada al señor Antonio Carmona Herrero
(folio 003781 del expediente administrativo). 4) Que según información que consta en su
oferta, el consorcio adjudicatario indica haber realizado los siguientes proyectos en
España: “Desdoblamiento de la N-232 Tramo Variante de Tudela Buñuel (…) ago-04 (…) junio-06
(…)” y “Nueva Carretera entre Sabiñango y Fiscal – Vía Pirenaica N-260 de Frontera Francesa (Port
Bou a Sabiñango) (…) ago-06 (…) jun-09 (…)” (folio 003787 del expediente administrativo). 5)
Que como parte del análisis de ofertas realizado, en el cuadro 3.5.4 de la evaluación de
experiencia específica del Personal Clave propuesto, la Administración consideró que los
proyectos mencionados en la oferta del consorcio adjudicatario para Tudela - Buñúel, Port
Bou - Sabiñango, Pozuelo Jardines del Recuerdo y Rio Virilla, debían ser tomados en

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