Resolución Nº R-DCA-00005-2016 de Consejo Nacional de Vialidad, 05-01-2016

Fecha05 Enero 2016
EmisorConsejo Nacional de Vialidad
R-DCA-005-2016
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las catorce horas con cincuenta y ocho minutos del cinco de enero del dos mil
dieciséis. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por GRUPO EMPRESARIAL EL ALMENDRO S.A. en contra
del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2015LN-000011-OGCTT, promovida por el
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD para la contratación de “Trabajos para la atención de la
Ruta Nacional N° 405 (en lastre) y Ruta de Travesía N° 30703 (en lastre), La Fuente-Boquerón,
Zona 1-7”.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el ocho de diciembre de dos mil quince la empresa Grupo Empresarial El Almendro S.A.
interpuso recurso de objeción contra el referido cartel, mediante escrito remitido vía fax y cuyo
original fue presentado el día hábil siguiente. -------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las quince horas del nueve de diciembre de dos mil quince, se confirió
audiencia especial a la Administración licitante para que se refiriera al recurso interpuesto y
remitiera copia del cartel, lo cual fue atendido mediante oficio No. PRO-03-15-2638 del catorce
de diciembre de dos mil quince al cual adjunta el oficio No. GCTT 01-15-1343 y ampliado
mediante oficio No. PRO-03-15-2640 de catorce de diciembre dos mil quince al cual se adjunta
el oficio No. GAJ-03-15-2171 y mediante oficio No. PRO-03-15-2649 del catorce de diciembre
dos mil quince al cual se adjunta el cartel de la contratación. ------------------------------------------------
III. Que esta resolución se emite en el plazo de ley, observándose las disposiciones legales y
reglamentarias correspondientes. ------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. SOBRE LA FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO. El recurso de objeción ha sido establecido
en el ordenamiento jurídico como un mecanismo para remover obstáculos injustificados a la libre
participación o para ajustar el cartel a los principios que rigen la materia de contratación y al
ordenamiento jurídico, debiendo el objetante exponer las razones de su impugnación
debidamente fundamentadas. Bajo esta lógica, el artículo 170 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa dispone que: “El recurso deberá presentarse con la prueba que
estime conveniente y debidamente fundamentado a fin de demostrar que el bien o el servicio que
ofrece el recurrente puede satisfacer las necesidades de la Administración. Además deberá
indicar las infracciones precisas que le imputa al cartel con señalamiento de las violaciones de

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