Resolución Nº R-DCA-00012-2017 de Consejo Nacional de Vialidad, 16-01-2017

Fecha16 Enero 2017
EmisorConsejo Nacional de Vialidad
R-DCA-0012-2017
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las trece horas con treinta y cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil
diecisiete.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos por QUEBRADORES DEL SUR DE COSTA RICA
S.A., en contra el acto de adjudicación de la línea 16, CONSORCIO D Y M, en contra el acto de
adjudicación de las líneas 10,19 y 21, CONSTRUCTORA SÁNCHEZ CARVAJAL S.A. en
contra el acto de adjudicación de las líneas 4, 11, 15 y 21 y por el CONSORCIO GRUPO
OROSI en contra del acto de adjudicación de las líneas 3, 7, 8, 10, 12 y 13, de la LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000017-0CV00, promovida por el CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
para la contratación de “Mantenimiento rutinario con maquinaria especializada, contingencias y
rehabilitación del Sistema de Evacuación Pluvial de la Red Vial Nacional Pavimentada”, acto
recaído de la siguiente manera: las líneas 1, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 11, 12, 14 y 15 a favor de la
empresa CONSTRUCTORA HERNÁN SOLÍS SRL, y las líneas 2, 7, 9, 13, 16, 17, 18, 19, 20 y
21 a favor de la empresa CONSTRUCTORA MECO S.A.----------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, la empresa Quebradores del Sur de Costa
Rica S.A. presentó ante la Contraloría General de la República recurso de apelación en contra
del acto de adjudicación de la línea 16 de la licitación pública 2014LN-000017-0CV00
promovida por el Consejo Nacional de Vialidad. ----------------------------------------------------------------
II. Que el veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, el consorcio D y M presentó ante la
Contraloría General de la República recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de
las líneas 10, 19 y 21 de la licitación pública 2014LN-000017-0CV00 promovida por el Consejo
Nacional de Vialidad. -------------------------------------------------------------------------------------------------
III. Que el veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, la empresa Constructora Sánchez
Carvajal S.A. presentó ante la Contraloría General de la República recurso de apelación en
contra del acto de adjudicación de las líneas 4, 11, 15 y 21 de la licitación pública 2014LN-
000017-0CV00 promovida por el Consejo Nacional de Vialidad. -----------------------------------------
IV. Que el veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, el consorcio Grupo Orosi presentó ante
la Contraloría General de la República recurso de apelación en contra del acto de adjudicación
de las líneas 3, 7, 8, 10, 12 y 13 de la licitación pública 2014LN-000017-0CV00 promovida por el
Consejo Nacional de Vialidad. ------------------------------------------------------------------------------------
2
V. Que mediante auto de las nueve horas del cuatro de noviembre del dos mil dieciséis, esta
División confirió audiencia inicial a la Administración licitante y a las empresas adjudicatarias
con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a los alegatos
de las empresas recurrentes, y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas, lo
cual fue atendido según escritos agregados al expediente de la apelación. También se le
concedió audiencia inicial al Consorcio Herrera para que se pronunciara sobre los alegatos
formulados por el Consorcio Grupo Orosi en contra de su oferta y para que aportara las pruebas
que estimara oportunas, lo cual fue atendido mediante escrito agregado al expediente de la
apelación. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VI. Que mediante auto de las once horas del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis,
esta División confirió audiencia especial a la Administración licitante para que explicara lo
siguiente: cuáles son los permisos ambientales a los que hace mención en el oficio GAJ-03-16-
1568; cuál es la cláusula del cartel que exigía a los oferentes el cumplimiento de dichos
permisos ambientales; por qué los documentos aportados por el consorcio D y M y que
menciona la Administración en el oficio GCSV-01-2016-4318 son insuficientes para acreditar el
cumplimiento del requisito cartelario. Dicha audiencia fue atendida mediante escrito agregado al
expediente de la apelación. -----------------------------------------------------------------------------------------
VII. Que mediante auto de las trece horas del primero de diciembre dos mil dieciséis, esta
División confirió audiencia especial a los apelantes para que se refieran a lo manifestado por la
Administración, por las adjudicatarias y por el Consorcio Herrera al momento de contestar la
audiencia inicial. También se confirió audiencia especial a todas las partes para que se refirieran
a lo manifestado por la Administración en los oficios PRO.08-16-1433 del 30 de noviembre del
2016, GCSV-01-2016-4615 del 30 de noviembre del 2016, y GAJ-03-16-1621 del 30 de
noviembre del 2016. Dichas audiencias fueron atendidas mediante escritos agregados al
expediente de la apelación. -----------------------------------------------------------------------------------------
VIII. Que mediante auto de las siete horas con cincuenta minutos del nueve de enero del dos
mil diecisiete, esta División denegó la solicitud de prueba que hizo el Consorcio Grupo Orosi. ---
IX. Que mediante auto de las ocho horas del nueve de enero del dos mil diecisiete, esta División
confirió audiencia final a las partes para que formularan sus conclusiones sobre el fondo del
asunto. Dicha audiencia fue atendida mediante escritos agregados al expediente de la
apelación. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
3
X. Que la presente resolución se dicta dentro del plazo de ley, y para lo cual se debe tomar en
consideración que mediante la Resolución R-DC-107-2016 del veintitrés de noviembre del dos
mil dieciséis, el Despacho Contralor otorgó asueto a los funcionarios de la Contraloría General
de la República los días veinticuatro y veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, días en los
cuales se mantuvo cerrada la institución. Por lo tanto, esos dos días no se contabilizan en el
cómputo del plazo para resolver los recursos de apelación mencionados.-------------------------------
XI. Que en el trámite de dichos recursos se han observado las prescripciones legales y
reglamentarias correspondientes. ----------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Para la resolución de los recursos presentados se tienen por
demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la empresa Quebradores del Sur de
Costa Rica S.A. presentó junto con su oferta un documento denominado „MEMORIA DE
CÁLCULO LÍNEA 16‟. Con respecto al renglón de pago M41(D) de la línea 16, dicha empresa
presentó la siguiente información:
(ver folio 22197 del expediente administrativo). 2) Que el consorcio D y M presentó junto con su
oferta un documento denominado „Formulario N° 10 Maquinaria y Equipo propuesto por el
Oferente‟ el cual contiene la siguiente información:

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