Resolución Nº R-DCA-087-2013 de Banco Popular y de Desarrollo Comunal, 14-02-2013

Fecha14 Febrero 2013
EmisorBanco Popular y de Desarrollo Comunal
R-DCA-087-2013
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las trece horas del catorce de febrero de dos mil trece. -----------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por el Consorcio D&G ATMs y Seguridad de Costa Rica, Sociedad de
Responsabilidad Limitada-GBM de Costa Rica S.A. (Consorcio D&G) en contra del acto de adjudicación
de la Licitación Pública No. 2012LN-000022-PCAD, promovida por el BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL para la “Compra de cajeros automáticos y dispensadores automáticos
(consumo por demanda); acto recaído a favor del Consorcio Sistemas Analíticos-SPC Internacional. -------
RESULTANDO
I.- Que mediante escrito presentado en este Despacho el 28 de noviembre de 2012, el Consorcio D&G
ATMs y Seguridad de Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada-GBM de Costa Rica S.A.
(Consorcio D&G), interpuso recurso de apelación contra el acto de adjudicación de la Licitación Pública
No. 2012LN-000022-PCAD, refiriéndose a la improcedencia de su exclusión y achacándole
incumplimientos a la empresa adjudicataria.---------------------------------------------------------------------------
II.- Que mediante el auto de las nueve horas del treinta de noviembre de dos mil doce se requirió la
presentación del expediente administrativo, lo cual fue atendido oportunamente por el Banco Popular y de
Desarrollo Comunal mediante oficio No. SGAC-1681-2012 de fecha 3 de diciembre de 2012.---------------
III.- Que mediante auto de las trece horas treinta minutos del once de diciembre de dos mil doce se
confirió audiencia inicial a la Administración licitante y a la adjudicataria para que se manifestaran
respecto a los alegatos de la recurrente y aportaran las pruebas oportunas.----------------------------------------
IV.- Que la audiencia inicial fue atendida por la Administración mediante oficio No. DCADM-009-2013
de fecha 3 de enero de 2013, y por la adjudicataria mediante escrito presentado en fecha 21 de diciembre
de 2012, en el cual solicitó que interlocutoriamente se declarara la firmeza del ítem 3 de la referida
licitación. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
V.- Que mediante auto de las diez horas del nueve de enero de dos mil trece, se confirió audiencia especial
a la apelante para se refiriera en contra de las argumentaciones en contra de su oferta realizadas por la
Administración y/o adjudicataria, la cual fue atendida mediante escrito presentado el 15 de enero de 2013.
VI.- Que mediante auto de las nueve horas con treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil trece se
efectuó el rechazo de la solicitud interlocutoria en cuanto a la declaratoria de firmeza del ítem 3 de la
referida licitación, planteada por la adjudicataria. --------------------------------------------------------------------
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VII.- Que mediante auto de las trece horas del siete de febrero de dos mil trece se confirió audiencia final
a todas las partes para que formularan sus conclusiones sobre el fondo del asunto, lo cual fue atendido por
las partes mediante documentación debidamente incorporada al expediente de apelación. ---------------------
VIII.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo de ley y en su trámite se han observado las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes. ----------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos probados: Que para la resolución del presente trámite se ha tenido a la vista el expediente
administrativo así como documentación remitida por las partes la cual fue debidamente incorporada al
expediente de apelación, por lo que de la información que consta en ambos expedientes, se tiene los
siguientes hechos probados: 1) Que el Banco Popular y de Desarrollo Comunal promovió el
procedimiento de Licitación Pública No. 2012LN-000022-PCAD para la compra de cajeros automáticos y
dispensadores automáticos bajo modalidad de consumo según demanda la cual recayó a favor del
consorcio Sistemas Analíticos SPC Internacional (véanse folios 17 del expediente de apelación y 125,
124 y del 1720 al 1718 del expediente administrativo) 2) Que en el cartel del concurso se estipuló lo
siguiente: 2.1) Que el objeto de la licitación consiste en la compra de cajeros automáticos y dispensadores
automáticos con el siguiente detalle de ítems: ítem 1 dispensador automático de lobby carga delantera,
ítem 2 dispensador automático de empotrar carga trasera, ítem 3 cajero automático de lobby carga
delantera e ítem 4 cajero automático de empotrar carga trasera; ello mediante la modalidad de consumo
según demanda (véase folio 304 del expediente administrativo) 2.2) Que en cuanto a la capacitación se
reguló lo siguiente: “El oferente en caso de resultar adjudicatario, se compromete a brindar un proceso de
capacitación para el primer año de vigencia contractual, para 80 Op eradores de Cajero y 6 técnicos, para lo s años
siguientes, en caso de que se otorgue la prórroga, el Banco se reserva el derecho de acceder a esta capacitación de
acuerdo con los precios cotizados en el apartado 1.5 de este cartel. El precio a cotizar según este apa rtado, será en
razón de un costo unitario por persona capacitada, por cuanto el Banco podrá disminuir o aumentar, en cualquier
momento de la ejecución contractual, esta cantidad, siendo que esta capacita ción también está en función de un
consumo por demanda” (véase folio 298 vuelto del expediente administrativo) 2.3) Que en el apartado 1.5
referido a precios, se estableció que el oferente debía indicar los precios unitarios para cada uno de los 4
ítems y las 7 características por ítem, así como el costo por hora técnico de mantenimiento correctivo no
cubierto por la garantía dentro y fuera del Gran Área Metropolitana y el costo unitario (por persona) de
capacitación según el siguiente detalle:

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