Resolución Nº R-DCA-00100-2021 de Particular, 21-01-2021

Fecha21 Enero 2021
EmisorParticular
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.c r
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00100-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las nueve horas veintiséis minutos del veintidós de enero del dos mil veintiuno.--------------------
RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por la empresa DESMANTELAMIENTO DE LA CATENARIA
SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2020LN-000007-
0012900001 promovida por el INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES para los
“Servicios ferroviarios de mano de obra para la conducción y gestión del tráfico ferroviario de los
sectores Atlántico y Pacífico”. -----------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que el ocho de enero del dos mil veintiuno, la empresa Desmantelamiento de la Catenaria S.A.,
interpuso ante esta Contraloría General, recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación
Pública No. 2020LN-000007-0012900001 promovida por el Instituto Costarricense de Ferrocarriles.----
II.- Que mediante auto de las once horas seis minutos del doce de enero de dos mil veintiuno, esta
División otorgó audiencia especial a la Administración licitante para que se pronunciara sobre el
recurso de objeción interpuesto, lo cual fue atendido mediante oficio Incofer-GA-PROV-0004-2021del
15 de enero del año en curso.------------------------------------------------------------------------------------------------
III.- Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las prescripciones
legales y reglamentarias correspondientes.------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.-SOBRE EL FONDO DEL RECURSO INTERPUESTO. 1) Sobre el inciso 1.4 Ofertas: La objetante
manifiesta que se encuentra legitimada para interponer el presente recurso de objeción, dado que su
objeto comercial y giro ordinario lo constituye -entre otros- la materia objeto de la contratación. De
esta forma, refiere al inciso 1.4 del pliego, alegando que existe una inseguridad jurídica para que la
Administración cuente con los fondos presupuestarios suficientes para afrontar las obligaciones
provenientes de esta contratación, lo cual violenta la Ley de Contratación Administrativa, Ley
Administración Financiera y Presupuestos Públicos y la Ley Orgánica de la Contraloría General. En
este sentido, alega que no queda claro si dicha ausencia de presupuesto significa que se desconoce
el derecho fundamental al equilibro financiero del contrato. A partir de lo anterior, solicita la
modificación de la cláusula con el objetivo que se garantice la disponibilidad presupuestaria necesaria
para ejecutar el presente proyecto. La Administración manifiesta que la intención de la cláusula es
ajustarse a lo señalado en el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa, por lo que de ningún
modo, se pretende provocar una inseguridad jurídica en el presente proceso de contratación

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