Resolución Nº R-DCA-00471-2021 de Refinadora Costarricense de Petroleo Sociedad Anonima (recope), 28-04-2021

Fecha28 Abril 2021
EmisorRefinadora Costarricense de Petroleo Sociedad Anonima (recope)
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00471-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las ocho horas cuarenta y un minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno.-
RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS) en
contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2021LN-000001-0016700102 promovida por
la REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE), para
la contratación de los “Servicios de Cobertura de Seguros”.-------------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que en fecha quince de abril del dos mil veintiuno, el Instituto Nacional de Seguros (INS)
interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2021LN-000001-
0016700102 promovida por RECOPE S.A. ----------------------------------------------------------------------
II.-Que mediante auto de las ocho horas con veintisiete minutos del dieciséis de abril del dos mil
veintiuno, esta División otorgó audiencia especial a la Administración licitante para que se
pronunciara sobre el recurso de objeción interpuesto por las empresa objetante. Audiencia que
fue atendida según escritos agregados al expediente digital de objeción.--------------------------------
III.-Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las
prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.--------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- SOBRE EL FONDO DEL RECURSO PRESENTADO . A) VIOLACIÓN AL ARTICULO 7 DE
LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE SEGUROS, No. 8653 del 22 de julio de 2008.
Indica la objetante que, dentro de los fines de la Ley Reguladora de Mercado de Seguros se
encuentra fortalecer el INS para competir en un mercado abierto de competencia. A la vez, el
Tratado de Libre Comercio DR-CAFTA, mediante Ley No. 8622 del 21 de noviembre de 2007, el
país asumió una serie de compromisos en materia de seguros, dentro de los cuales se incluyó
el fortalecimiento del INS. De esta forma el Tratado de Libre Comercio, en el capítulo 12
denominado “Servicios Financieros” y en el "Anexo 12.9.2 Compromisos Específicos Sección H:
Compromisos Específicos de Costa Rica en Materia de Servicios de Seguros”, estableció:
“Preámbulo: El Gobierno de Costa Rica: reafirmando su decisión de asegurar el proceso de
apertura de su sector de servicios de seguros se basa en su Constitución Política; enfatizando
que dicho proceso será beneficio del consumidor y deberá alcanzarse gradualmente y sobre la
base de la regulación prudencial; reconociendo su compromiso de modernizar al Instituto
Nacional de Seguros (INS) y el marco jurídico de Costa Rica en el sector seguros (...)”. Lo
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Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
anterior, en el caso en concreto del Instituto Nacional de Seguros y sus subsidiarias, se ve
plasmado en el inciso d) y g) del artículo 1 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, que
son un fiel reflejo del compromiso internacional asumido por Costa Rica, ya que ambos se
encuentran referidos al fortalecimiento del Instituto Nacional de Seguros. En su orden, dichos
incisos d) y g) del artículo 1 de la LRMS establecen como objetivos de la Ley: “d) Modernizar y
fortalecer al Instituto Nacional de Seguros, en adelante INS, para que pueda competir eficaz y
eficientemente en un mercado abierto, sin perjuicio de su función social dentro del marco del
Estado Social de Derecho que caracteriza la República de Costa Rica.”, “g) Flexibilizar y ampliar
los mecanismos y procedimientos de contratación administrativa que tiene el INS.” Una de las
formas para lograr este objetivo, es que el legislador introdujo en el artículo 7 de la Ley
Reguladora del Mercado de Seguros, la excepción para que todos los entes estatales contraten
directamente los seguros con el INS. En este contexto, el artículo 7 de la Ley referida establece:
"(...) En virtud del principio de unicidad del Estado, tanto el Gobierno Central como las demás
instituciones del sector público, reconocen al INS como la única empresa de seguros del
Estado. Para ello, el Estado contratará directamente con el INS todos los seguros necesarios
para la satisfacción de sus necesidades, siempre que el INS ofrezca condiciones más
favorables considerando prima, deducible, cobertura y exclusiones, así como la calidad del
respaldo financiero y respaldo de reaseguro." Lo anterior ha sido también ratificado por la
Procuraduría General de la República mediante Dictamen C-132-2010 del 06 de julio de 2010,
en el cual determinó: “El reconocimiento del INS como única empresa de seguros del Estado se
impone al Gobierno Central y a las demás instituciones del Sector Público. Se impone la
obligación de contratar al Estado. El legislador ha utilizado el término de “Estado”, de
“instituciones del Sector Público” y consecuentemente de Sector Público, sin que pareciera
determinarse que, para los efectos de la ley, estos conceptos sean sinónimos como no lo son
en sentido técnico. (…) 3) Por esa condición de única empresa de seguros del Estado, la Ley le
reserva la actividad aseguradora del Estado a condición de que el Instituto ofrezca las
condiciones más favorables en relación con la prima, deducible, cobertura y exclusiones, así
como la calidad del respaldo financiero y respaldo de reaseguro.” En igual sentido, es
importante señalar que la Contraloría General ya se refirió a este tema para una contratación
similar, promovida por la Caja Costarricense del Seguro Social. Al respecto, mediante oficio No.
03541 (DCA-0661) del 22 de marzo de 2017, correspondiente a una autorización otorgada a la
C.C.S.S. para efectuar una contratación directa, ese órgano, en lo que interesa, indicó: “De lo

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