Resolución Nº R-DCA-00714-2021 de Particular, 21-06-2021

Fecha21 Junio 2021
EmisorParticular
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00714-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José a las trece horas seis minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno.----------------
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa GRUPO AGROINDUSTRIAL
ECOTERRA S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No.
2020LN-000005-0011400001 promovida por el INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN para la contratación de “servicios de limpieza de zonas
verdes Parque La Sabana”, acto recaído a favor de la empresa ROMAGRO DEL
SIGLO XXI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por un monto de
₡102.308.526,696.--------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el 15 de abril de 2021, la empresa grupo Agroindustrial Ecoterra S. A., presentó recurso
de apelación contra el acto de adjudicación de la Licitación Pública 2020LN000005-
0011400001 promovida por el INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA
RECREACIÓN para la contratación de “servicios de limpieza de zonas verdes Parque La
Sabana”---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante Resolución R-DCA-00480-2021 de las 12 horas 8 minutos del 30 de abril de
2021, esta Contraloría General de la República rechazó el recurso interpuesto por la empresa
3-101-639805 y admitió y confirió audiencia inicial sobre el recurso interpuesto GRUPO
AGROINDUSTRIAL ECOTERRA S.A. Dichas audiencias fueron atendidas mediante escritos
incorporados al expediente de la apelación.----------------------------------------------------------------------
III. Que mediante auto de las 8 horas 15 minutos del 24 de mayo de 2021, este órgano contralor
concedió audiencia especial a la apelante para que se refieran los alegatos que en su contra
efectuó la adjudicataria al atender la audiencia inicial. Dicha audiencia fue atendida mediante
escrito incorporado al expediente de la apelación.--------------------------------------------------------------
IV. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 190 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, se consideró que no era necesario otorgar audiencia final a las
partes, en vista de que durante el trámite del recurso se tenían todos los elementos necesarios
para su resolución.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
V. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. -----------------------------

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