Resolución Nº R-DCA-00781-2022 de Instituto Costarricense del Deporte y La Recreacion (icoder), 21-09-2022

Fecha21 Septiembre 2022
EmisorInstituto Costarricense del Deporte y La Recreacion (icoder)
R-DCA-00781-2022
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las nueve horas quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós.
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa ECOSISTEMAS NATURALES
SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra del acto de readjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No.
2021LN-000002-0011400001, promovida por el INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN, para la contratación de “servicios para mantenimiento de
zonas verdes en Parques Recreativos” que fue readjudicada a favor de la empresa ROMAGRO
DEL SIGLO XXI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el precio de
¢106.403.272,69 (ciento seis millones cuatrocientos tres mil doscientos setenta y dos colones
con sesenta y nueve céntimos).
RESULTANDO
I. Que el trece de setiembre de dos mil veintidós, la empresa Ecosistemas Naturales S.A.
interpuso ante este órgano contralor, recurso de apelación en contra del acto de readjudicación
de la licitación pública No. 2022LN-000002-0011400001 promovida por el Instituto
Costarricense del Deporte y la Recreación, de referencia.
II. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado
las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.
CONSIDERANDO
I.- SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO INTERPUESTO. Señala el artículo 40 de la
Ley de Contratación Administrativa lo siguiente: “Artículo 40.- Uso de medios digitales. Toda la
actividad de contratación regulada en la presente ley, así como aquella que se regule bajo
cualquier régimen especial, deberá realizarse por medio del Sistema digital unificado de
compras públicas.”. En el mismo sentido se refiere el numeral 173 del Reglamento a la Ley de
Contratación en tanto indica lo siguiente: “Artículo 173.-Presentación del recurso. Todo
recurso deberá presentarse a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) en
los plazos previstos para cada tipo de recurso, su presentación y trámite serán conforme a las
disposiciones del Reglamento de Uso del Sistema y el presente Reglamento./ Cuando exista
imposibilidad para la presentación electrónica del recurso, deberá presentarse ante la entidad
correspondiente, según el tipo de recurso de que se trate, a través del medio electrónico
dispuesto por la Administración al efecto.”. A su vez, el artículo 3 del Reglamento para la
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR