Resolución Nº R-DCA-SICOP-01129-2023 de Caja Costarricense de Seguro Social (ccss), 22-09-2023

Fecha22 Septiembre 2023
EmisorCaja Costarricense de Seguro Social (ccss)
22/9/23, 09:20
Emitir resolución de recursos
https://www.sicop.go.cr/moduloBid/cgr/Ep_CgrResultAppealDetailView.jsp?resultSeqno=3275&cartelNo=20230100212&cartelSeq=00&cartelVersion=…
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Emitir resolución de recursos
1. Generar resolución de recursos
Encargado
Jorge Carmona
Fecha/hora gestión
21/09/2023 11:24
Fecha/hora resolución
21/09/2023 13:32
* Procesos asociados Número documento
8072023000001172
* Tipo de resolución
Número de
procedimiento
2023LY-000001-0001102601
Nombre Institución
Caja Costarricense de Seguro Social
Descripción del
procedimiento
Cargas de gases medicinales y reguladores
2. Listado de recursos
Número Fecha presentación Recurrente Empresa/Interesado Resultado Causa resultado
13/07/2023 11:15
Resultado del acto
final
3. *Validaciones de control
Tipo de procedimiento
En tiempo
Prórroga de apertura de ofertas
Legitimación
Quién firma el recurso
Firma digital
Cartel objetado
Temas previstos
4. *Resultando
I. Que mediante auto No. 8052023000000907 de las diez horas treinta y cuatro minutos del veintisiete de julio de dos mil veintitrés, esta División
otorgó audiencia inicial a las partes. Dicha audiencia fue atendida mediante escritos incorporados al expediente de la apelación.
II. Que mediante auto No. 8052023000000977 de las trece horas cincuenta y un minutos del del diez de agosto de dos mil veintitrés, esta
División confirió audiencia especial a la apelante para que se pronunciara sobre la respuesta brindada por las partes al contestar la audiencia
inicial conferida y a la Administración para que se manifestara respecto a lo indicado por la adjudicataria al momento de contestar la audiencia
inicial. Dicha audiencia fue atendida mediante escritos incorporados al expediente de las apelaciones.
III. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley General de Contratación Pública, siendo facultativa la audiencia final, se
consideró que no era necesario otorgar audiencia final a las partes, en vista de que durante el trámite del recurso se tenían todos los elementos
necesarios para su resolución.
IV. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado las prescripciones legales y reglamentarias
correspondientes.
5. *Considerando
5.1 - Hechos probados
Recursos
Resolución de Fondo
Parcialmente con luga
No aplica
No aplica

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