Resolución Nº SGF-0117-2020 de Superintendencia General de Entidades Financieras, 13-01-2020
Número de resolución | SGF-0117-2020 |
Fecha | 13 Enero 2020 |
Tipo de documento | Resolución |
Resolución
7 de enero de 2020
SGF-0117-2020
SGF-PUBLICO
Dirigida a:
- Bancos Comerciales del Estado.
- Bancos Creados por Leyes Especiales.
- Bancos Privados.
- Empresas Financieras no Bancarias.
- Otras Entidades Financieras.
- Organizaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito.
- Entidades Autorizadas del Sistema Financiera Nacional para la Vivienda.
Asunto: Modificar la referencia sobre tipo de cambio para el cálculo de la suma de los saldos totales adeudados a la entidad, a que se refiere el Artículo 4 del Reglamento para la Calificación de Deudores, Acuerdo SUGEF 1-05.
El Superintendente General de Entidades Financieras,
Considerando que:
- Mediante artículo 7, del acta de la sesión 540-2005, celebrada el 24 de noviembre del 2005, el CONASSIF aprobó el Reglamento para la Calificación de Deudores, Acuerdo SUGEF 1-05, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 238 del 9 de diciembre del 2005. Este reglamento establece el marco metodológico para la clasificación de deudores y la constitución de las estimaciones correspondientes
- Mediante artículos 6 y 5, de las actas de las sesiones 1442-2018 y 1443-2018, en ese orden, celebradas ambas el 11 de setiembre de 2018, el CONASSIF aprobó el Reglamento de Información Financiera (RIF) que tiene por objeto regular la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y sus interpretaciones (SIC y CINIIF), considerando tratamientos prudenciales o regulatorios contables; este reglamento incluye como anexos el Plan de Cuentas aplicable a los entes supervisados por SUGEF, y a los grupos y conglomerados financieros, Plan de Cuentas para...
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