Resolución Nº SGF-2269-2022 de Superintendencia General de Entidades Financieras, 07-11-2022
Número de resolución | SGF-2269-2022 |
Fecha | 07 Noviembre 2022 |
Tipo de documento | Resolución |
Resolución
07 de noviembre del 2022
SGF-2269-2022
SGF-PUBLICO
Dirigida a:
Bancos Comerciales del Estado
Bancos Creados por Leyes Especiales
Bancos Privados
Empresas Financieras no Bancarias
Otras Entidades Financieras
Organizaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito
Entidades Autorizadas del Sistema Financiera Nacional para la Vivienda
Secretaría Técnica del Sistema de Banca de Desarrollo
Asunto: Envío en consulta de modificación de los “Lineamientos Generales para la Aplicación del Reglamento sobre gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el Desarrollo, Acuerdo SUGEF 15-16.
La Superintendencia General de Entidades Financieras,
Considerando que:
- Se propone mejoras al cálculo del “Comportamiento de Pago Histórico (CPH)
- El inciso 2) del artículo 361 Ley General de la Administración Pública establece que se concederá a las entidades representativas de intereses de carácter general o corporativo afectados por la disposición, la oportunidad de exponer su parecer
- En ese sentido, se somete a consulta de las entidades supervisadas, cámaras y gremios la propuesta de modificación a los Lineamientos Generales del Reglamento sobre gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el Desarrollo, Acuerdo SUGEF 15-16.
Dispuso en firme:
remitir en consulta, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2, artículo 361, de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227, a todas las entidades supervisadas por la SUGEF, Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito FEDEAC, R.L., Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito FECOOPSE, R.L., Asociación Bancaria Costarricense, Cámara de Bancos e Instituciones Financieras de Costa Rica, a la Federación de Mutuales de Ahorro y Préstamo y a la Secretaría Técnica del sistema de Banca para el Desarrollo, la propuesta de reforma a los Lineamientos del Reglamento sobre gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el Desarrollo, Acuerdo SUGEF 15-16.
En el entendido que en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente del recibo de la comunicación, deberán incluir los comentarios y observaciones en el formulario que está disponible en el apartado “Formularios para remitir observaciones de normativa en consulta”, ubicado en la dirección electrónica de la página oficial de la SUGEF.
El formulario estará disponible hasta el término de la consulta.
Sin detrimento de lo anterior, las entidades consultadas pueden presentar de manera consolidada sus observaciones y comentarios a través de los gremios y cámaras que les representan. Asimismo, el correo electrónico nor...
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