Resolución Nº SGF-2269-2022 de Superintendencia General de Entidades Financieras, 07-11-2022

Número de resoluciónSGF-2269-2022
Año2022
Fecha07 Noviembre 2022
Tipo de documentoResolución

Resolución

07 de noviembre del 2022

SGF-2269-2022

SGF-PUBLICO

Dirigida a:

Bancos Comerciales del Estado

Bancos Creados por Leyes Especiales

Bancos Privados

Empresas Financieras no Bancarias

Otras Entidades Financieras

Organizaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito

Entidades Autorizadas del Sistema Financiera Nacional para la Vivienda

Secretaría Técnica del Sistema de Banca de Desarrollo

Asunto: Envío en consulta de modificación de los “Lineamientos Generales para la Aplicación del Reglamento sobre gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el Desarrollo, Acuerdo SUGEF 15-16.

La Superintendencia General de Entidades Financieras,

Considerando que:

  1. Se propone mejoras al cálculo del “Comportamiento de Pago Histórico (CPH)
  2. El inciso 2) del artículo 361 Ley General de la Administración Pública establece que se concederá a las entidades representativas de intereses de carácter general o corporativo afectados por la disposición, la oportunidad de exponer su parecer
  3. En ese sentido, se somete a consulta de las entidades supervisadas, cámaras y gremios la propuesta de modificación a los Lineamientos Generales del Reglamento sobre gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el Desarrollo, Acuerdo SUGEF 15-16.

Dispuso en firme:

remitir en consulta, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2, artículo 361, de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227, a todas las entidades supervisadas por la SUGEF, Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito FEDEAC, R.L., Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito FECOOPSE, R.L., Asociación Bancaria Costarricense, Cámara de Bancos e Instituciones Financieras de Costa Rica, a la Federación de Mutuales de Ahorro y Préstamo y a la Secretaría Técnica del sistema de Banca para el Desarrollo, la propuesta de reforma a los Lineamientos del Reglamento sobre gestión y evaluación del riesgo de crédito para el Sistema de Banca para el Desarrollo, Acuerdo SUGEF 15-16.

En el entendido que en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente del recibo de la comunicación, deberán incluir los comentarios y observaciones en el formulario que está disponible en el apartado Formularios para remitir observaciones de normativa en consulta”, ubicado en la dirección electrónica de la página oficial de la SUGEF.

El formulario estará disponible hasta el término de la consulta.

Sin detrimento de lo anterior, las entidades consultadas pueden presentar de manera consolidada sus observaciones y comentarios a través de los gremios y cámaras que les representan. Asimismo, el correo electrónico nor...

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