Resolución No. IN2019375207

Fecha de publicación06 Septiembre 2019
Número de registroIN2019375207
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Resolución Nº 2003-2018-MEP.—Poder Ejecutivo.—San José, a las catorce horas con cuarenta y seis minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciocho.

Se conoce solicitud formulada por la señora Reina Isabel González Acosta, mayor, soltera, religiosa, vecina de Heredia, portadora de la cédula de residencia número uno tres dos cero cero cero dos cero ocho nueve dos nueve, en calidad de representante legal de la Asociación Mercedaria del Santísimo Sacramento, con número de cédula jurídica N° 3-002-671085, de conformidad con lo que establece el Decreto N° 24017-MEP Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco, para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo Transición) impartidos en el centro educativo denominado Centro Educativo Eucarístico María del Refugio.

Resultando:

I.—Que según certificación CERT-101-2018, emitida por el Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación Privada, el Centro Educativo Eucarístico María del Refugio, no tiene acreditados ni reconocidos niveles, por parte del Ministerio de Educación Pública. (Vista a folio 73 del Expediente Administrativo).

II.—Que mediante escrito del día 08 de noviembre del 2017, la señora Reina Isabel González Acosta, de calidades dichas, presentó formal solicitud para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo Transición), impartidos en el centro educativo denominado Centro Educativo María del Refugio, ubicado en la provincia de San José, cantón Alajuelita, distrito San Felipe, 250 metros al norte del Templo Católico de San Felipe, carretera a la Aurora, Región Educativa San José Central, Circuito Escolar 06. (Vista a folio 069 del Expediente Administrativo).

III.—Que la señora Reina Isabel González Acosta, mediante solicitud número 2015-0006607, promovió ante el Registro Público de la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de Costa Rica, la inscripción del Nombre Comercial Centro Educativo Eucarístico María del Refugio, quedando inscrita a partir del 29 de octubre del 2015, con Registro N° 247603, para proteger un establecimiento comercial dedicado a la educación. (Vista a folio del 70 Expediente Administrativo).

IV.—El Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación Privada, mediante oficio DEP-AT-0939-07-2018, rinde informe ocular donde constató los aspectos relativos a las instalaciones físicas, equipo y mobiliario del centro educativo denominado Centro Educativo Eucarístico María del Refugio, determinando que cumple con todos los requerimientos técnico administrativos e infraestructurales necesarios para recibir la autorización por parte del MEP, para los niveles de Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo Transición. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 del Decreto Ejecutivo 38170-MEP (Organización Administrativa de las Oficinas Central del Ministerio de Educación Pública). (Vista a folios 05 al 11 del Expediente Administrativo).

V.—El Departamento de Investigación y Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública, mediante oficio DIEE-DI-075-2016 le comunicó a la Dirección de Educación Privada la aprobación de la infraestructura física del Centro Educativo Eucarístico María del Refugio para el nivel de Preescolar (Ciclo Materno Interactivo II y Ciclo Transición), sobre la base del oficio DIEE-DI-074-2016 elaborado por la Arquitecta Zetty Young Hernández, funcionaria de dicha dependencia, que señala en lo que interesa lo siguiente:

“….El proyecto constituido por mejoras e instalaciones existentes para habilitar 4 Aulas para Preescolar con capacidad de 10 estudiantes cada una, 4 baterías de servicios sanitarios (1 de estos Accesible Ley 7600), Oficina Administrativa, Estacionamiento accesible, ubicado en la finca matrícula FR: 1-181509-000 cuyo terreno corresponde al plano de catastro SJ-1735910-2014; fue analizado satisfactoriamente y conforme a lo establecido en el Artículo 142 inciso i) del Decreto Ejecutivo N° 38170-MEP, se verificó que las instalaciones físicas, cumplen con lo estipulado en la Ley y Reglamento de Construcciones N°833 reforma N° 7029 del 23 de abril de 1986, Ley 7600 del 29 de mayo de 1996 y demás normativa conexa”. (Vista a folio 12 del Expediente Administrativo).

VI.—El Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación Privada, realizó el estudio de la documentación presentada que corresponde al Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, Distribución Horaria Semanal, Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción, Nómina de Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y mediante oficio DEP-AT-1053-07-2018, remitió a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el procedimiento correspondiente de oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo Transición), impartida en el denominado Centro Educativo Eucarístico María del Refugio, indicando que la solicitud cumple con los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco). (Vista a folio 88 del Expediente Administrativo).

Considerando Único:

La solicitud presentada por la señora Reina Isabel González Acosta, de calidades citadas, en su condición de representante legal con facultades de apoderada...

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