Resolución

Fecha de publicación01 Noviembre 2019
Número de registroIN2019398321
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Resolución DM-089-2019-MEIC.—Ministerio de Economía, Industria y Comercio.—Despacho Ministerial.—San José, a las nueve horas con cincuenta minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecinueve.

Se resuelve solicitud de otorgamiento de equivalencia del Reglamento Técnico de Colombia para Llantas Neumáticas, Resolución 0481 del 4 de marzo del 2009, con respecto al RTCR 486:2016, Reglamento Técnico para Llantas Neumáticas, Planteada por la Asociación de Comercializadores de Llantas Recauchadores.

Resultando:

1°—Que, mediante el Decreto Ejecutivo 38849-MEIC del 06 de enero del 2015, se establece el procedimiento para demostrar la equivalencia de un documento normativo con un reglamento técnico costarricense (RTCR), entendiéndose por equivalencia la posibilidad de que diferentes documentos normativos cubran de manera similar la protección del objetivo legítimo definido en el respectivo RTCR.

2°—Que, el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 41485-MEIC del 24 de octubre del 2018, emitió el RTCR 486: 2016 Reglamento Técnico para Llantas Neumáticas, el cual tiene por objetivo establecer los requisitos técnicos y de marcado que deben cumplir las llantas neumáticas que se comercializan en el territorio nacional. Dicho Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir del 02 de febrero del 2020.

3°—Que, le corresponde al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) la responsabilidad de la verificación del Decreto Ejecutivo 41485-MEIC del 24 de octubre del 2018, “RTCR 486:2016 Reglamento Técnico para Llantas Neumáticas”; de conformidad con el numeral 7.3 de ese Decreto Ejecutivo, debiendo aplicarse las sanciones que correspondan, de conformidad con su respectivo marco legal.

4°—Que, en fecha 24 de setiembre de 2019, la señora Elsie Álvarez Monge, en su condición de directora de la Asociación de Comercializadores de Llantas y Recauchadores-ACOLLRE. (Cédula Jurídica: 3-002-284725), presentó ante la Dirección de Calidad del MEIC, solicitud de Declaratoria de Equivalencia del “Reglamento Técnico aplicable a llantas neumáticas nuevas de fabricación nacional como importadas...” de la República de Colombia, Resolución 0481 del 4 de marzo del 2009 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, con respecto al Reglamento Técnico “RTCR 486:2016 Reglamento Técnico para Llantas Neumáticas” de Costa Rica, de conformidad con el Decreto Ejecutivo 38849-MEIC “Procedimiento para demostrar equivalencia con un reglamento técnico de Costa Rica (RTCR)”.

5°—Que, la señora Elsie Álvarez Monge, portadora de la cédula de identidad 2-0548-0850, cuenta con el Poder especial administrativo para efectuar la presente gestión en su condición de directora de la Asociación de Comercializadores de Llantas y Recauchadores- ACOLLRE. (Cédula Jurídica: 3-002-284725).

6°—Que, para efectos de la solicitud se aporta por parte de la señora Elsie Álvarez Monge, el criterio del Ente Nacional de Normalización, concretamente de la Dirección de Normalización del Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO), con fecha 20 de setiembre de 2019, el cual manifiesta la equivalencia con el documento normativo RTCR 486-2016, en donde se indica:

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7°—Que, una vez analizada la documentación, el Departamento de Reglamentación Técnica y Codex, de la Dirección de Calidad, mediante Informe DCAL-DRTC-INF-020-2019 de fecha 24 de setiembre de 2019, recomienda al Despacho Ministerial, lo siguiente:

“Una vez revisada la documentación aportada y realizada la comparación de especificaciones y procedimientos de evaluación de la conformidad contenidos en ambos reglamentos, el Departamento de Reglamentación Técnica y Codex es del criterio que ambos reglamentos técnicos cubren de manera similar los mismos objetivos legítimos, de manera de que se pueden considerar...

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