Resolución N° R-127-2021-MINAE

Fecha de publicación03 Junio 2021
Número de registroIN2021555096
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

R-127-2021-MINAE.—Ministerio de Ambiente y Energía.—San José, a las quince horas con veinticuatro minutos del diecinueve mayo del año dos mil veintiuno Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11 de la Constitución Política, 11, 28 párrafo 2, inciso j), 89 inciso 1) y 92 de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 mayo de 1978, el Estatuto del Servicio Civil N° 1581 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 21 y el Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente y Energía, Decreto Ejecutivo N° 35669- MINAE y sus reformas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 3 del 6 de enero del 2010.

Considerando:

I.—Que el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública dispone que la Administración sólo podrá realizar lo expresamente previsto por el ordenamiento jurídico.

II.—Que mediante Acuerdo N° 536-P que rige a partir del 01 de setiembre del 2020, se nombra a la señora Andrea Meza Murillo, mayor, casada, abogada, portadora de la cédula de identidad: 3-0352-0903, vecina de San José, Escazú, en el cargo de Ministra de Ambiente y Energía, a partir del 01 de setiembre del año dos mil veinte.

III.—Que mediante Resolución número R-0235-2020-MINAE, publicado en La Gaceta número 250 del 14 de octubre del 2020, se realizó por parte de la Ministra de Ambiente, Andrea Meza Murillo, el acto de delegación de firmas del programa presupuestario º. 889-Secretaría Técnica Nacional Ambiental que pertenece al Ministerio de Ambiente y Energía, para todos sus efectos legales, administrativos y financieros en forma física y mediante la emisión de firma digital de los diversos documentos electrónicos, de conformidad con la Ley Nº 8454, y para la ejecución en el programa del Ministerio de Hacienda SICOP, en la MSc. Cynthia Barzuna Gutiérrez, portadora de la cédula de identidad número 1-0910-0022, y en el señor Gerson Córdoba Miranda, portador de la cédula de identidad número 1-511-050, quien fungía como Director Administrativo y Financiero de todos los trámites y gestiones administrativas y financieros relacionadas con la administración, ejecución, y fiscalización del presupuesto asignado al Programa 889 de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.

IV.—Que según oficio MINAE-DRH-RS-OF-0127-2021, del Departamento de Recursos Humanos comunicó el Ascenso en Propiedad en el puesto 98923, de la clase Profesional Jefe de Servicio Civil 1 especialidad Administración Generalista, ubicado en SETENA del MINAE, con base en la STAP-0823-2021 de fecha 27 de abril de 2021 y el Acuerdo Nº 12996 tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Ordinaria Nº 04-2021 a partir del 16 de mayo del año 2021, de la señora Grettel Paola Álvarez Granados, Cédula 3-03720574, mayor, casada una vez, con Domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, de Profesión: Administradora, en el cargo de Directora Administrativa de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, en vista que el señor Córdoba Miranda se acogió a la Jubilación.

V.—Que el Decreto Ejecutivo N° 36815-MINAET; dispone sobre las funciones que le corresponde a la SETENA, entre estas, la coordinación de las actividades administrativas y financieras que permitan cumplir con las políticas, lineamientos, directrices y estrategias en materia administrativa y ambiental para el desarrollo de las funciones asignadas por la Ley Nº 7554 en los niveles superior, gerencial, ejecutivo y regional para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales y sectoriales del órgano desconcentrado del MINAE. De igual forma el programa presupuestario Nº 889-SETENA, tiene que ser ejecutado para instrumentar el desarrollo de personal - capacitación y viáticos, la adquisición, control y salvaguarda de los recursos materiales (inventario de bienes y compra de bienes), prestación de servicios según las funciones asignadas por ley y reglamentos, desarrollo organizacional, control del gasto de servicios básicos, contraloría de servicios, así como ejercer como superior jerárquico de la SETENA, para efectos administrativos, legales y financieros de las funciones del nivel ejecutivo, y cualquier otra establecida por el ordenamiento legal, así como la coordinación con el Viceministerio de Gestión Ambiental por la índole de sus funciones asignadas según la estructura institucional.

VI.—Que resulta necesario agilizar la tramitación de firmas para actos que no involucran competencias compartidas con la Presidenta de la República y que sólo requieren ser firmados por la Ministra de Ambiente y Energía, actos en los que puede delegarse la firma por corresponder a funciones asignadas al ejercicio del cargo de Ministra en materia administrativa y financiera; por lo que se delega la firma en la persona de la Secretaría General de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, y en su ausencia la persona que ocupe el cargo de Director Administrativo, de conformidad con el artículo 92 de la Ley N° 6227 de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.

VII.—Que resulta necesario a efectos actualizar la resolución de Delegación de firmas en forma física y mediante la emisión de firma digital de los diversos documentos electrónicos, de conformidad con la Ley Nº 8454, ratificar la ya delegada en la MSc. Cynthia Barzuna Gutiérrez, portadora de la cédula de identidad número 1-0910-0022, mayor, casada una vez, abogada, vecina de Santa Ana, provincia de San José, y en caso de ausencia de la Secretaria General de la SETENA, se delega en Gretel Paola Álvarez Granados, Cédula 3-03720574, de los trámites y gestiones administrativas y financieras relacionadas con la administración, ejecución, y fiscalización del presupuesto asignado al Programa Presupuestario Nº 889 de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, tales como: realizar la tramitación de órdenes de inicio en SICOP, solicitar la caducidad de órdenes de inicio, tramitación de pago de facturas, tramitación de la devolución de garantías de cumplimiento de los procesos de compras, tramitar las solicitudes de pedido y pedidos de compra (contratación administrativa), tramitar el plan de compras anual, avalar y enviar informes de presupuesto (anteproyecto, informes de seguimiento, informe final, modificaciones), tramitar solicitudes de modificaciones en partidas presupuestarias, tramitar solicitudes de reservas presupuestarias, autorización y trámite de facturas de adquisiciones, solicitar ajustes de precios de proveedores, gestionar, dar seguimiento y control a los pagos por resolución administrativa, solicitar la caducidad de saldos de reservas, autorizar y aprobar compras por caja chica, aprobar viáticos de las jefaturas, firmar solicitudes de vacaciones de jefaturas, realizar gestiones para la selección y nombramiento del personal, informar y remitir ingresos de personal, realizar y/o firmar formularios relativos a la evaluación del período de prueba de funcionarios, tramitar solicitudes de reasignaciones, reclasificaciones y ascensos, tramitar certificaciones de reservas presupuestarias de salarios, firmar las autorizaciones de horas extras del personal, de conformidad con la ley, sus reglamentos y las políticas dictadas por la Dirección de Recursos Humanos, la Oficialía Mayor de este Ministerio y el Ministerio de la Presidencia de la República en cuanto al ahorro y ejecución del gasto público.

VIII.—Que, mediante el presente acto, y con el fin dar continuidad a la gestión del programa presupuestario 889- SETENA, para los casos de ausencia temporal de la MSc. Cynthia Barzuna Gutiérrez, portadora de la cédula de identidad número 1-0910-0022, la señora Ministra como máxima autoridad presupuestaria financiero contable del Ministerio de Ambiente y Energía, autoriza la delegación de firmas en Gretel Paola Álvarez Granados, Cédula 3-03720574, mayor, casada una vez, con Domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, de Profesión: Administradora, quien ocupa el cargo de Directora Administrativa, que deberá atender funciones asignadas al programa presupuestario de la SETENA por requerimiento del Secretario General a nivel financiero y administrativo, siempre que corresponda a motivos de ausencia por funciones de trabajo fuera de la GAM, por motivos de incapacidad, vacaciones o licencias reguladas en el Estatuto del Servicio Civil; para que en ausencia del titular de la SETENA quien representa legalmente a la SETENA con un rango de Directora General, ejecute las funciones administrativas y financieras del programa presupuestario No. 889-SETENA del Ministerio de Ambiente y Energía; delegándose la firma en las mismas condiciones y alcances para los actos administrativos que se establecen en la presente resolución y que son competencia de la Ministra y ha delegado en la Secretaria General-Directora General del programa presupuestario Nº 889-SETENA.

IX.—Que la Procuraduría General de la República mediante opinión jurídica N° OJ050-97 de fecha 29 de setiembre de 1997, señaló: “...La delegación de firma no implica una transferencia de competencia, sino que descarga las labores materiales del delegante, limitándose la labor del delegado a la firma de los actos que le ordene el delegante, quien asume la responsabilidad por su contenido. En otras palabras, es autorizar al inferior para que firme determinados documentos, en nombre del superior, si bien ha sido éste el que ha tomado la decisión...”. Asimismo, el artículo primero del Decreto Ejecutivo N° 31483-H, reforma el artículo 5 del Decre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR