Resolución N° R-219-2022-MINAE

Fecha de publicación26 Septiembre 2022
Número de registroIN2022678115
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

R-219-2022-MINAE.—Ministerio de Ambiente y Energía.—San José, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del día nueve de setiembre del año dos mil veintidós. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11 de la Constitución Política, 11, 28 párrafo 2, inciso j), 89 inciso 1) y 92 de la Ley General de la Administración Pública N° 6227, del 02 mayo de 1978, el Estatuto del Servicio Civil N° 1581 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 21 y el Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente y Energía, Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAE y sus reformas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 3 del 6 de enero del 2010.

Considerando:

I.—Que el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública dispone que la Administración sólo podrá realizar lo expresamente previsto por el ordenamiento jurídico.

II.—Que mediante Acuerdo N° 001-P del 8 de mayo del 2022, se nombra al señor Franz Tattenbach Capra, mayor, casado, vecino de Escazú, portador de la cédula de identidad número 1-0622-0325, en el cargo de Ministro de Ambiente y Energía, a partir del 8 de mayo del dos mil veintidós.

III.—Que el artículo 53 del Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente, y Energía, Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAE, publicado en La Gaceta del 6 de enero del 2010; dispone sobre las funciones que le corresponde a la Oficialía Mayor-Dirección Ejecutiva, entre estas, la coordinación de las actividades administrativas ministeriales que permitan cumplir con las políticas, lineamientos, directrices y estrategias en materia administrativa en los niveles superior, gerencial, ejecutivo y regional para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales y sectoriales. De igual forma, instrumentar el desarrollo de personal, la adquisición, control y salvaguarda de los recursos materiales, prestación de servicios, desarrollo organizacional, control del gasto de servicios básicos, contraloría de servicios, así como ejercer como superior inmediato para efectos administrativos de los funcionarios del nivel ejecutivo, y cualquier otra establecida por el ordenamiento legal, que correspondan a la materia.

IV.—Que unido a lo anterior, los Despachos del Ministro y de los Viceministros del Ministerio de Ambiente y Energía, siendo los siguientes: el Viceministerio de Ambiente, Viceministerio de Energía, y Viceministerio de Gestión Estratégica, por la índole de sus funciones según la estructura institucional, tramitan gran cantidad de actos administrativos cuyo acto final requieren la firma del jerarca ministerial en los documentos oficiales; lo que provoca en gran medida la falta de prontitud en la gestión de los trámites que van en detrimento de la eficacia y celeridad que debe regir en la actividad administrativa y la gestión pública, por lo que se requiere de la delegación de firma.

V.—Que resulta necesario agilizar la tramitación de firmas para actos que no involucran competencias compartidas con la Presidenta de la República y que sólo requieren ser firmados por el Ministro de Ambiente y Energía, actos en los que sí puede delegarse la firma por corresponder a funciones asignadas al ejercicio del cargo del Ministro en materia administrativa y financiera; en la persona del Viceministro de Gestión Estratégica del Ministerio de Ambiente y Energía.

VI.—Que la Procuraduría General de la República mediante opinión jurídica N° OJ050-97 de fecha 29 de setiembre de 1997, señaló: “...La delegación de firma no implica una transferencia de competencia, sino que descarga las labores materiales del delegante, limitándose la labor del delegado a la firma de los actos que le ordene el delegante, quien asume la responsabilidad por su contenido. En otras palabras, es autorizar al inferior para que firme determinados documentos, en nombre del superior, si bien ha sido éste el que ha tomado la decisión...”. Ratificado mediante el criterio PGR-C-167-2022 de fecha 11 de agosto del 2022,

VII.—Que mediante Acuerdo Nº 075-P, del 01 de agosto del 2022 se designa como Viceministro de Gestión Estratégica del Ministerio de Ambiente y Energía, al señor Carlos Isaac Pérez Mejía, portador de la cédula de identidad número 1-0486-0626. Por tanto,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

RESUELVE:

1º—Con fundamento jurídico en el artículo 92 de la Ley Nº 6227Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978 y el análisis jurídico de los considerandos de la presente resolución, se delega la firma del señor Franz Tattenbach Capra, mayor, casado, vecino de Escazú, portador de la cédula de identidad número 1-0622-0325, en su carácter de Ministro de Ambiente y Energía, según Acuerdo Presidencial Nº 001-P del 8 de mayo del 2022, publicado en La Gaceta 85, Alcance Digital N° 91, del martes 10 de mayo del 2022, en el señor Carlos Isaac Pérez Mejía, portador de la cédula de identidad número 1-0486-0626, quien ejerce el cargo de Viceministro de Gestión Estratégica y, en ausencia del señor Pérez Mejía se delega la firma en el señor Ronny Alberto Rodríguez Chaves, mayor, casado, Máster en Gestión Ambiental Sostenible e Ingeniería Industrial con Énfasis en Administración Industrial, vecino de Sabanilla, cédula de identidad número 502590084, según...

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