Resolución

Fecha de publicación23 Octubre 2019
Número de registroIN2019394644
EmisorY TRANSPORTES

001596.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, del día nueve del mes de octubre del dos mil diecinueve.

Diligencias de “Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación”, en relación al inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós”.

Resultando:

1ºQue mediante oficio N° DAJ-ABI-S-2019-1246 del 11 de setiembre del 2019, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre del 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 28 de julio del 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017, en relación con el inmueble inscrito en el Registro Inmobiliario, bajo la matrícula N° 87642-000, cuya naturaleza es terreno de potrero. Situado: en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste, con una medida de 5.000,83 metros cuadrados.

2ºQue del referido inmueble es impostergable la adquisición de un área de terreno equivalente a 5.000,83 metros cuadrados, según plano catastrado N° 5-39934-1992; siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós.

3ºQue las diligencias de expropiación se tramitan bajo el expediente administrativo N° SABI 2019-162.

4ºQue en razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, conoce este Despacho y,

Considerando:

La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre del 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 28 de julio del 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017, establece en sus artículos 2°, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Inmobiliario.

De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a) Inscripción en el Registro Inmobiliario, finca matrícula N° 87642-000.

b) Ubicación: distrito uno Liberia, cantón uno Liberia, de la provincia de Guanacaste, cuyos linderos se encuentran indicados en el plano catastrado N° 5-39934-1992.

c) Propiedad: Corporación El Brujo de Liberia S. A., cédula jurídica N° 3-101-073149.

d) Área: 5.000,83 metros cuadrados, para la construcción del proyecto Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós, según se ha establecido supra.

Por tanto,

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVE:

1ºDeclarar de interés público, respecto al inmueble inscrito ante el Registro Inmobiliario, bajo la matrícula N° 87642-000. Situado: en el distrito uno Liberia, cantón uno Liberia, de la provincia de Guanacaste y propiedad de Corporación El Brujo de Liberia S. A., cédula jurídica N° 3-101-073149, un área de 5.000,83 metros cuadrados, cuyos linderos se encuentran limitados en el plano catastrado N° 5-39934-1992, necesaria para la construcción del proyecto denominado: Ampliación y Modernización del...

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