Resolución

Fecha de publicación10 Febrero 2020
Número de registroIN2020432504
EmisorY TRANSPORTES

001920.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, del día dieciocho del mes de diciembre del dos mil diecinueve.

Diligencias de “Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación”, en relación al inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós”

Resultando:

1º—Que mediante oficio DAJ-ABI-S-2019-1601 del 27 de noviembre del 2019, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones 9286 del 11 de noviembre de 2014 publicada en el Diario Oficial La Gaceta 24 del 04 de febrero de 2015, y las reformas contenidas en la Ley 9462 del 28 de julio de 2017, publicada en el Alcance 175 del 18 de julio de 2017, en relación con el inmueble folio real 5-83326-000, cuya naturaleza es terreno de repastos, situado en el distrito 01 Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia de Guanacaste, con una medida de 127.576.52 metros cuadrados.

2º—Que del referido inmueble es impostergable la adquisición de un área de terreno equivalente a 127.576,52 metros cuadrados, según plano catastrado G-51829-1992; siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber.”

3º—Que las diligencias de expropiación se tramitan bajo el expediente administrativo SABI 2019-157.

4º—Que en razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, conoce este Despacho y,

Considerando:

La Ley de Expropiaciones, 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta 24 del 04 de febrero de 2015, y las reformas contenidas en la Ley 9462 del 28 de julio de 2017, publicada en el Alcance 175 del 18 de julio de 2017, establece en sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un...

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