Resolución
Fecha de publicación | 10 Febrero 2020 |
Número de registro | IN2020432504 |
Emisor | Y TRANSPORTES |
N° 001920.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, del día dieciocho del mes de diciembre del dos mil diecinueve.
Diligencias de “Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación”, en relación al inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós”
Resultando:
1º—Que mediante oficio N° DAJ-ABI-S-2019-1601 del 27 de noviembre del 2019, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014 publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 04 de febrero de 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 28 de julio de 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio de 2017, en relación con el inmueble folio real 5-83326-000, cuya naturaleza es terreno de repastos, situado en el distrito 01 Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia de Guanacaste, con una medida de 127.576.52 metros cuadrados.
2º—Que del referido inmueble es impostergable la adquisición de un área de terreno equivalente a 127.576,52 metros cuadrados, según plano catastrado N° G-51829-1992; siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber.”
3º—Que las diligencias de expropiación se tramitan bajo el expediente administrativo N° SABI 2019-157.
4º—Que en razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, conoce este Despacho y,
Considerando:
La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 04 de febrero de 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 28 de julio de 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio de 2017, establece en sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un...
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