Resolución No. N° 001239
Fecha de publicación | 17 Septiembre 2015 |
Número de registro | IN2015055926 |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES |
N° 001239.—San José, a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día veinticinco del mes de Agosto del dos mil quince.
Conoce este Despacho diligencias de modificación de declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 901 del 19 de junio del 2015, publicada en La Gaceta N° 130 del 07 de julio del 2015.
Resultando:
1º—Que en La Gaceta N° 130 del 7 de julio del 2015, se publicó la Resolución Administrativa N° 901 del 19 de junio del 2015.
2º—Que mediante la citada Resolución Administrativa, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, “declarar de utilidad pública” y adquirir el inmueble propiedad de María Eugenie Araya Arrieta, cédula N° 2-528-259 y como parte interesada en su condición de usufructuario, María Ángela Arrieta Molina, cédula N° 2-244-133 y Rafael Ángel Araya Vargas, cédula N° 2-235-311, inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 294576-001-002-003, situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, necesaria para la construcción del proyecto denominado: “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia”.
3º—Que la finca descrita en el Resultando anterior, actualmente se encuentra inscrita ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 294576-001-002-003, a nombre de Rafael Ángel Araya Vargas, cédula N° 2-235-311 y como parte interesada en su condición de usufructuario, María Ángela Arrieta Molina, cédula N° 2-244-133 y Rafael Ángel Araya Vargas, cédula N° 2-235-311, por lo que es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público contenida en la resolución N° 901 del 19 de junio del 2015, publicada en La Gaceta N° 130 del 07 de julio del 2015, por cuanto la misma debe realizarse a favor de Rafael Ángel Araya Vargas, cédula N° 2-235-311 y como parte interesada en su condición de usufructuario, María Ángela Arrieta Molina, cédula N° 2-244-133 y Rafael Ángel Araya Vargas, cédula N° 2-235-311.
Considerando:
1º—Que ante el cambio de propietario del bien inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real Matrícula Número 294576-001-002-003, ubicado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela, y siendo que la Administración requiere de dicho...
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