Otras resoluciones judiciales de interés

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TCA condena a RECOPE por
responsabilidad objetiva
El TCA declaró con lugar la demanda planteada
por un funcionario de RECOPE, en la cual
pretendía el pago de una indemnización
por daño moral, al considerar que la
Administración demandada tramitó en su
contra un procedimiento disciplinario incierto,
con errores y omisiones por más de tres años,
sometiéndolo a una gran carga emocional,
preocupación y angustia.
Al respecto, el TCA resolvió que, tratándose de
una materia odiosa como es la sancionatoria, la
Administración debe tener un grado de certeza
tal que no quepa duda acerca del mérito para
iniciar un procedimiento, pues de lo contrario
se caería en un abuso y desviación de poder que
desnaturalizaría el fin que debe perseguirse,
cual es la obtención de una verdad real o
material, para convertirse en una persecución
encubierta, lo cual sería “perverso y salido de
todo límite de lo que la administración como
tal debe seguir”.
En el caso concreto, el TCA tuvo por acreditada
la existencia de una responsabilidad objetiva de
RECOPE en virtud de un funcionamiento anormal
e ilícito, toda vez que no se apegó a plazos ni
procedimientos legales que -indica- por mera
razonabilidad debían seguirse, evidenciando
una falta de control de competencias y su
aplicación, así como una incerteza tal que, por
un periodo extenso, generó que no lograra
siquiera dar inicio al procedimiento y tampoco
hubo una investigación preliminar.
Así las cosas, una vez verificada la afectación
interna del actor -mediante testigos- y
acreditar la existencia de un daño efectivo e
individualizable, condenó a la Administración al
pago por daño moral subjetivo y daño material.
Resolución n.° 71-2022-V de las 14:07 horas
del 10 de octubre de 2022.
Sala Constitucional anuló
procedimiento administrativo
seguido en contra de una
funcionaria
por la publicación de
un artículo de opinión
La Sala Constitucional declaró con lugar
un recurso de amparo interpuesto por una
funcionaria pública, a quien se le abrió un
procedimiento administrativo en razón de un
artículo de opinión que publicó en un medio de
comunicación, en el cual criticaba la labor de
un ex alto funcionario de la institución donde
laboraba.
Al respecto, el Tribunal Constitucional dispuso
que el artículo de opinión de la recurrente se
enmarcaba dentro del ejercicio de la libertad de
expresión, en tanto se cuestionaba la idoneidad
y desempeño del exfuncionario. Además,
señaló que la libertad de expresión comprende
la posibilidad de formular críticas contra la
conducta o funcionamiento de otra persona,
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