SALA CONSTITUCIONAL

Fecha de publicación30 Junio 2020
Número de registroIN2020467170
EmisorPoder Judicial

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 18-015846-0007-CO, promovida por Otto Claudio Guevara Guth contra el artículo 60 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Municipalidad de Turrialba, firmada el 20 de abril del 2010, y homologada el 03 de junio del 2010 mediante resolución DRT-201-2010 de las 15:00 horas del 03 de junio del 2010, se ha dictado el Voto N° 2020008420 de las doce horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veinte, que literalmente dice: Por tanto: “En cuanto al inciso e) del artículo 60 de la Convención Colectiva de la Municipalidad de Turrialba que permitía el pago de cesantía por renuncia del trabajador, estese el accionante a lo resuelto en la sentencia 11457-2013 de esta Sala. En lo restante, se resuelve: que los incisos a), b), c) y d) del mismo cuerpo normativo no son inconstitucionales, siempre y cuando se interprete que el pago de cesantía no puede exceder de 12 años. Se declara con lugar la acción en cuanto el artículo 60 impugnado autoriza el pago de cesantía mayor a un tope de doce años. El Magistrado Cruz Castro salva el voto en cuanto al límite de años y declara sin lugar la acción y pone nota en cuanto a lo resuelto sobre el pago de cesantía en caso de renuncia. El Magistrado Salazar Alvarado pone nota. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Notifíquese este pronunciamiento a las partes apersonadas y la Procuraduría General de la República. Comuníquese esta sentencia a la Dirección de Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”

San José, 16 de junio del 2020.

Vernor Perera León

Secretario a. í.

1 vez.—( IN2020467170 ).

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