Sala I frena pago a mujer que tuvo limitación para usar cajero

La Sala Primera frenó el pago de una indemnización a la que fue condenado el Banco Nacional en favor de una mujer con parálisis.Ella no pudo entrar en silla de ruedas a un cajero automático para retirar dinero.El hecho ocurrió el 1.º de agosto del 2011, cuando la usuaria, de 34 años, llegó a la antigua sucursal de San Sebastián, luego de que el mismo banco le había informado de que sí reunía condiciones para personas con discapacidad.La mujer, quien pidió que se protegiera su identidad, interpuso un recurso de amparo por violación a sus derechos constitucionales y las disposiciones de la ley 7.600. El recurso fue declarado con lugar el 7 de octubre del 2011.En esa sentencia, la Sala Constitucional ordenó al Banco Nacional facilitar el acceso de las personas con discapacidad a los cajeros de esa sucursal y lo condenó al pago de costas, daños y perjuicios.La mujer interpuso un proceso de ejecución del amparo y el Juzgado Contencioso Administrativo condenó al Banco Nacional, el 7 de octubre del 2011, a pagar ¢850.000 por daño moral subjetivo.Sin embargo, el banco presentó un recurso de casación en el que alegó violación a los principios de proporcionalidad y racionalidad.Añadió que de las afectaciones referidas por la usuaria, relativas a sentimientos de frustración, enojo y molestia, no podía deducirse que hubiese habido daño moral.La Sala Primera declaró con lugar el recurso.El 3 de julio del 2014, anuló parcialmente la sentencia al suprimir la indemnización del daño moral pues, expresó, la lesión (limitación de acceso) fue causada a una generalidad (población con discapacidad), por lo que no resulta individualizable a la demandante.Jurisprudencia. Para Bernal Gamboa, abogado de la mujer, la línea jurisprudencial de la Sala Primera es muy peligrosa, ya que, cuando las personas con discapacidad sufren un daño moral producto de las discriminaciones de entidades públicas, no podrán ser resarcidas.Los magistrados han definido que, en casos como en el de esa mujer con discapacidad, al tratarse de intereses difusos, el daño causado a un grupo no hace presumir la existencia automática de un daño personal, ni admite la legitimación de un solo individuo para...

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