Sala IV protege a madre en periodo de lactancia

La Sala Constitucional condenó al Poder Judicial por haber despedido, sin autorización del Ministerio de Trabajo, a una funcionaria que se encontraba en periodo de lactancia.

En una sentencia emitida el 8 de abril, los magistrados constitucionales resolvieron un recurso de amparo y ordenaron, por mayoría, reinstalar a una auxiliar judicial de apellido Vargas, a quien el Consejo Superior le revocó el nombramiento en noviembre de 2015.

A Vargas se le cesó de su cargo por, supuestamente, haber extendido incapacidades alteradas, falta que fue calificada como gravísima.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional no se trajo abajo el despido por el fondo del asunto, sino por la forma en que se dio, pues el artículo 94 del Código de Trabajo establece que cuando se pretenda despedir a una mujer en periodo de lactancia o embarazo, se debe gestionar la autorización ante la Dirección Nacional y la Inspección General del Ministerio de Trabajo.

'Si bien es cierto a ella se le inicia el proceso de despido por haber incurrido en una acción que viene a lesionar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR