SECCIÓN DE CATASTRO Y VALORACION - Informamos a los contribuyentes de nuestro cantón (IN2015081861)

Número de registroIN2015081861
Fecha de publicación08 Diciembre 2015

SECCIÓN DE CATASTRO Y VALORACION

Informamos a los contribuyentes de nuestro cantón

Con base al artículo 16 de la Ley sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles a partir del 4 de enero del 2016 y hasta el 31 de abril del 2016, estaremos recibiendo las declaraciones de Bienes Inmuebles.

Deben declarar todos los propietarios o poseedores que su última declaración fue presentada en el año 2011 (sin importar el mes que lo hicieron), los que declararon antes del 2011 o que nunca han declarado.

Con la declaración debe presentar:

1. Certificación literal de la finca a declarar con no más de 15 días de emitida.

2. Plano catastrado original o copia (completa y legible).

3. Copia de la cédula del propietario.

4. Además para personas jurídicas: adjuntar personería jurídica con no más de 15 días de emitida y fotocopia de la cédula del representante legal.

Artículo 26.—Reglamento a la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

La tipología y zonas homogéneas a utilizar son las mismas publicadas en La Gaceta N° 17 del 24 de enero del 2012; 67 del 3 de abril del 2012; 210 del 31 de octubre del 2012 y 44 del 4 de marzo 2013.

Proveeduría Municipal.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 57875.—Solicitud Nº 44206.—(IN2015081861).

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