SECRETARÍA DE CONCEJO MUNICIPAL

Fecha de publicación25 Agosto 2021
Número de registroIN2021575336
EmisorRégimen Municipal

SECRETARÍA DE CONCEJO MUNICIPAL

SCM-396-08-2021.—La Secretaría del Concejo Municipal comunica que mediante el Acuerdo Municipal tomado bajo el artículo sexto, inciso 1 de la sesión ordinaria N° 45-2021, celebrada el martes 3 de agosto de 2021; el Concejo Municipal de conformidad con el artículo cuarenta y tres del Código Municipal, acordó derogar en su totalidad el Reglamento para las Transferencias a Organizaciones Comunales sin Fines de Lucro de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia (aprobado por el Concejo Municipal, bajo el artículo IV, inciso 4-B, de la sesión ordinaria 28-2008, de fecha 12 de mayo del 2008. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta 108 del jueves 5 de junio del 2008).

Asimismo, se acordó como disposición transitoria de vigencia de aplicación en el tiempo y de los alcances y regulaciones del reglamento que se deroga; que aquellos procesos que estuvieran pendientes de realizar el giro de la trasferencia, (la cual debe estar a la fecha de la publicación de este acuerdo de derogatoria en el Diario Oficial La Gaceta), debidamente presupuestada y aprobada.

Así como los proyectos o procesos, que se encuentren en etapa de ejecución y los que se encuentren en proceso o deban presentar el trámite de liquidación, se regularan hasta su conclusión con base a las disposiciones del Reglamento para las Transferencias a Organizaciones Comunales sin Fines de Lucro de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia. (Aprobado por el Concejo Municipal, bajo el artículo IV, inciso 4-8, de la sesión ordinaria N° 28-2008, de fecha 12 de mayo del 2008. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta 108 del jueves 5 de junio del 2008), que se deroga en este acto.

Los demás procesos que a la emisión de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, de esta derogatoria, se encuentre en etapa de inicio o realizando solicitud de trámite, así como nuevas solicitudes, se tramitarán en forma exclusiva según lo indicado para el efecto por el Reglamento para el Otorgamiento de Subvenciones a Centros de Educación Pública, de Beneficencia y de Servicio Social. (Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 53, Alcance N° 57 de fecha 15 de marzo del 2019).

Para efectos de la eficacia de esta derogatoria del citado reglamento de conformidad con lo indicado en el artículo 43 del Código Municipal, esta será efectiva un día después de la respectiva publicación en el Diario Oficial La Gaceta del...

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