Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José, 29-11-2019

Número de sentencia030105-2019
Fecha29 Noviembre 2019
Número de expediente17-002175-1102-LA
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José
Tipo de procesoRIESGO DE TRABAJO
**
EXPEDIENTE:
17-002175-1102-LA
PROCESO:
RIESGO DE TRABAJO
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA N° 030105-2019
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ (SECCIÓN EXTRAORDINARIA), a las nueve horas del veintinueve de noviembre del año dos mil diecinueve.-
Proceso de riesgo de trabajo promovido por el señor [Nombre 001], [...] , contra el Instituto Nacional de Seguros representado por su Apoderado General Judicial, Licenciado H. de la Fuente Ortiz, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-1035-0396. Funge como Apoderado Especial Judicial del actor, el Licenciado G.M.C., mayor, abogado, cédula de identidad número 6-0269-0157.
Redacta el J.M.R.;
CONSIDERANDO
I.- CUESTIONES DE PROCEDIMIENTO: Se tienen por hechas las manifestaciones que realiza la representación del Instituto Nacional de Seguros en el escrito que fuera incorporado mediante tres de setiembre del año dos mil diecinueve a las 06:40:00 p.m. horas.
II.- RESUMEN DEL CASO Y LO DISPUESTO EN PRIMERA INSTANCIA: El actor en el escrito de demanda que fuera incorporado en fecha ocho de noviembre del año dos mil diecisiete a las 03:50:24 p.m. horas, refiere que laborando para la empresa C y J Internacional S.R.L., en la localidad de Heredia, el día nueve de mayo de dos mil dieciséis, sufrió un accidente laboral donde se lastimó los pulmones. Señala que su caso fue tramitado como aceptado y asegurado; siendo que se le brindaron varias incapacidades temporales y se le valoró un impedimento de un veinticinco por ciento, dándole de alta. No obstante, indica que no se encuentra conforme con lo fijado; aunado a que sigue presentando dolor.
Por ello, solicita que en sentencia se le otorguen las verdaderas incapacidades temporales y permanentes que le correspondan, así como los intereses sobre las sumas que se aprueben. Igualmente, requiere que se indexen los montos que se concedan y se condene al instituto accionado al pago de las costas del proceso, fijándose las personales en un veinte por ciento conforme al Arancel de Honorarios de Abogado vigente. Finalmente, solicita que se le brinde atención médica por sus lesiones.
La representación del Instituto Nacional de Seguros, contestó la demanda en los términos del escrito de contestación que...

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