Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral, 10-07-2020
Número de sentencia | 137-2020 |
Fecha | 10 Julio 2020 |
Número de expediente | 19-000003-1579-LA |
Emisor | Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral (Costa Rica) |
Tipo de proceso | OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES |
EXPEDIENTE:
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19-000003-1579-LA
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PROCESO:
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OR.S.PRI. PRESTAC. LABORALES
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ACTOR/A:
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[Nombre 022]
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DEMANDADO/A:
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ASOCIACION ADULTO MAYOR M.I.,
JICARAL
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VOTO N° 137-2020
TRIBUNAL CIVIL Y LABORAL DE APELACIÓN DE GUANACASTE (SEDE LIBERIA) (Material Laboral), a las siete horas cincuenta y nueve minutos del diez de julio de dos mil veinte.
Ordinario N° 19-000003-1579-LA seguido ante el Juzgado Contravencional de Jicaral, interpuesto por [Nombre 022] cédula de identidad [Valor 001], contra ASOCIACIÓN ADULTO MAYOR INMACULADA DE JICARAL cédula jurÃÂdica 3-002-071257, representada por su apoderada generalÃÂsima sin lÃÂmite de suma M.M.V.M.. Interviene como abogada de asistencia social, la licenciada J.L.M. y como apoderado especial judicial de la parte demandada, el licenciado W.M.M..
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES. La actora solicita que en sentencia se condene a la demandada al pago de:
" Principal: S. esta demandada sea declarada con lugar en todos sus extremos y se condene con ello a la demanda a pagarme los siguientes extremos:
- Diferencia de Horas Extras - de toda la relación.-
- Aguinaldo proporcional a las horas extras que se aprueben.-
- Preaviso
- Cesant ÃÂa
- Diferencia de cuotas de la Caja, con base en las horas extras que se
aprueben en el proceso.-
Accesoria: Se condene a la demandada al pago de los interese e indexación sobre los montos adeudados, de lo cual desde ya solicito que sean cuantificados en sentencia y no se reserve para liquidar en ejecució n, tal como lo ordena la ley ya que ello genera un retraso a la hora de girar los dineros a la parte trabajadora. Asàcomo al pago de costas personales y procesales que se generen" (sic).
La demandada contestó negativamente la demanda, interponiendo las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación en sus dos modalidades y falta de interés.
El Juez Contravencional de J., mediante sentencia N° 40-2019-LA dictada a las 07:20 horas del 18 de noviembre de 2019, resolvió:
" De conformidad con lo antes expuesto, citas legales mencionadas y jurisprudencia de cita se declara CON LUGAR la presente demanda ordinaria laboral interpuesta por [Nombre 022], contra ASOCIACIÓN ADULTO MAYOR MARÃ
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