Sentencia de Inspección Judicial, 13-08-2020
Número de sentencia | 18-004845-1158-CJ |
Fecha | 13 Agosto 2020 |
Número de expediente | 19-002425-0031-IJ |
Emisor | Tribunal de la Inspección Judicial (Costa Rica) |
*190024250031IJ*
EXPEDIENTE:
|
19-002425-0031-IJ
|
CONTRA:
|
[Nombre 001]
|
OFENDIDO:
|
[Nombre 010]
|
VOTO 2565-2020
TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL.
S.J., al ser las trece horas y veinte minutos del trece de agosto
de dos mil veinte.-
Proceso disciplinario número 19-002425-0031-IJ seguido contra
[Nombre 013], portador de la cedula de identidad numero
[Valor 001], y
[Nombre 001] cedula de identidad numero
[Valor 002], destacados como J. y Técnica
Judicial ambos del Juzgado de Cobro de H. por una presunta Negligencia en el ejercicio de las funciones propios de
su cargo. Actúa la L.da. E.V.S. en calidad de Órgano Instructor, la L.da. Ana Emilce Carranza
Vásquez en su condición de defensora pública del señor [Nombre 013]
, la L.da. M.D.S., en su
condición de Defensora Pública de la señora [Nombre 001]
.
RESULTANDO
I) Mediante resolución de las ocho horas y veinte minutos del veintidós de agosto de dos mil diecinueve, se dio audiencia
al funcionario [Nombre 013], y a la señora
[Nombre 001], por su orden, J. y Técnica Judicial, ambos del Juzgado de
Cobro de H., para que informará con respecto de los siguientes cargos que se acusan
Negligencia en los deberes propios del cargo. Concretamente se le acusa:
“Concretamente al señor
[Nombre 013]
1- Que en el Juzgado de Cobro de H. se tramita el proceso N° 18-004845-1158-CJ en el cual figura como actor el
señor [Nombre 016] y como demandada la señora
[Nombre 018].
2- Que por resolución de las siete horas y cuarenta y dos minutos del catorce de agosto de dos mil dieciocho, dictada por
su persona en su condición de J. de Cobro de H., su persona ordenó enviar oficio mediante correo electrónico
del Despacho, al Juzgado Segundo Civil de S.J., a fin de que se remitiera lo antes posible el expediente
18-000072-0181-CI, para ser acumulado al proceso N° 18-004845-1158-CJ.
3- Que en fecha 14 de agosto de 2018, su persona firmó el oficio dirigido al Juzgado Segundo Civil de S.J.,
solicitando lo indicado en el cargo anterior.
4- Que según el histórico de cambios de ubicaci ón del escritorio virtual, su persona faltando al deber de cuidado, firmó el
oficio indicado en el cargo anterior y lo remitió a la ubicación: “Técnico Judicial 02 (Proveedor) â€
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