Sentencia Nº 20 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 20-04-2023

Fecha20 Abril 2023
Número de expediente22-018773-0042-PE(17)
Número de sentencia20
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José

Resolución: 2023-0519

Expediente:22-018773-0042-PE(17)

TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las once horas cuarenta minutos, del veinte de abril del dos mil veintitrés.-

Vista la Solicitud de Prórroga de Prisión Preventiva presentada por la licenciada N.R.R. representante del Ministerio Públicoen la presente causa seguida en contra de [Nombre 002] por el delito deABUSO SEXUALperjuicio de PERSONA MENOR DE EDAD,este Tribunal resuelve.

Redacta el juez de apelación de sentencia penal B.R.; y,

CONSIDERANDO:

I.- La representación del Ministerio Público, mediante escrito, solicita se disponga la prórroga extraordinaria de la medida cautelar de prisión preventivadel imputado[Nombre 002], en el tanto vence el 02 de mayode 2023, por un plazo extraordinario de 06 meses, tiempo suficiente para que se inicie la fase de juicio, pendiente de señalar y adquiera firmeza lo que se resuelva, además de mantenerse los fundamentos que motivaron la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva en un inicio, el plazo solicitado permitiría que la prisión venza en fecha 02 de noviembrede 2023.

II.- Audiencia a las partes. Este tribunal de Apelación de Sentencia Penal otorgó audiencia a las partes, en este caso la Defensa Técnica a cargo del licenciado A.J....C.,quienno contestó nimostróoposición alguna a la petición realizada por el Ministerio Público.

III.- Cómputodel plazo de la medida cautelar . Para resolver la presente solicitud, resulta indispensable revisar los cómputos de las medidas cautelares de prisión preventivaque han acaecido en el sumario, para determinar, primero, la competencia de esta Cámara y, segundo,procedencia de la medida cautelarsolicitada. Conforme se desprende del contenido de la solicitud presentada por la representante del Ministerio Público, las medidas cautelares se han aplicadode la siguiente manera desdeel 02 de mayo de 2022:Mediante resolución de fecha 02 de mayo del año 2022, el Juzgado Penal ordeno la prisión preventiva del encartado por espacio de cuatro meses a vencer el 02 de septiembre del año 2022. Mediante resolución de fecha 31 de agosto del año 2022 el Juzgado Penal prorrogo por dos meses mas la prisión preventiva del encartado a vencer el 02 de noviembre del año 2022 Mediante resolución de fecha 27 de octubre del año 2022 el Juzgado Penal prorrogo por tres meses mas la prisión preventiva del encartado a vencer en fecha 02 de febrero del año 2023 En audiencia preliminar se prorrogo la prisión del encartado por tres meses mas a vencer en fecha 02 de mayo del año 2023". De acuerdo con esta secuencia, lahomogeneidad de la medida cautelar, ha sido la característicadesde el inicio, aldisponer la prisión preventiva,en fecha 02 de mayo de 2022, por lo que ha vencido suplazo ordinario, el cual en este caso es de 12 meses, en el tanto se agotó mediantecuatroresoluciones,que completaron los 12 meses ordinarios disponibles, por lo queestaCámara de Apelación deSentencia Penal cuenta con la competencia necesariapara conocer de la presente solicitud, en aplicación del numerales 257 y 258 delCódigo Procesal Penal.-

V.- Procedencia de la prórroga prisión preventivadecretada en contra del imputado. Esta Cámara, luego de realizar una revisión delsumario y, en especial las circunstancias que rodean la medida cautelar vigente dispuesta en contra del justiciablepuede aseverarse que, en la presente causa todavíase cumplen con los presupuestos necesarios para mantener y prorrogar la citada medida cautelar en contra de este acusado, en tanto las circunstancias por las cuales se decretó la misma, no han variado en su favor. Debetenerse presente, queeste tribunal ha consideradopara efectos de resolver esta solicitud, la totalidad de los hechos incluídos en la petición fiscal,que se describen de la siguientemanera: 1. La ofendida [Nombre 003] es madre de la agraviada menor de edad [Nombre 004] quien nació el 13 de abril del 2010, por su parte el acusado [Nombre 002]es tío por afinidad y padre de las víctimas respectivamente2- Entre 25 de marzo del 2008 al 24 de marzo del 2009, cuando la ofendida [Nombre 003], tenía 17 años de edad, un día, se encontraba en su casa de habitación ubicada en [...], sola junto con sus dos hermanos menores, esperando a su madre la cual la iban a operar en el hospital. En determinado momento de la tarde noche de ese día, a la vivienda de la ofendida [Nombre 003], se presentó el acusado [Nombre 002], aprovechándose de la minoridad la vulnerabilidad, en razón que no estaba siendovisto por algún otro adulto y valiéndose además de la confianza que la ofendida le tenía, puesera su tío, con el claro fin de satisfacer sus deseos sexuales y acceder carnalmente a laofendidale pidió que lo acompañara al cuarto, ya en el lugar, la tiró a la cama, le dijo que como ya casi tenía 18 años, él podía hacer lo que quisiera y procedió a desvestir a la víctima e introducirle su pene en la vagina de la ofendida, en contra de su voluntad, todo esto mientras el encartado la sujetaba de los brazos y le decía que eso, que estaba sucediendo, era normal. Posterior a este hecho, el encartado aprovechaba cuando visitaba la casa de la ofendida, para mantener relaciones sexuales con ella, sin su consentimiento, alegando que ella por haber ya mantenido relaciones sexuales con él, era su mujer, su pareja y tenía que hacer todo lo que él le pidiera. 3.- Entre los meses de junio y julio del 2009,cuando la ofendida [Nombre 003], tenía 18 años de edad, un día de tantos, que el encartado acostumbrada a llegar a la vivienda de la agraviada, ubicada en [...], el acusado [Nombre 002], aprovechándose que se encontraban solos, de la vulnerabilidady valiéndose además de la confianza que la ofendida le tenía, pues era su tío,con el claro fin de satisfacer sus deseos sexuales y acceder carnalmente a la ofendida la tomócon fuerza por los brazos la haló y la llevó hasta el cuarto, mientras que le decía que ella era su mujer, todo esto bajo la negativa y el forcejeo que realizaba la agraviada, ya en la habitación la despojó de sus prendas y con la única finalidad de satisfacer sus deseos sexuales, procedió a introducirle su pene en la vagina de la ofendida, en contra de su voluntad Producto de esta acción, la ofendida quedó embarazada de su primera hija [Nombre 004] (también ofendida) quien nació el 13 de abril del 2010. 4.- Entre los meses de febrero y marzo del 2011,cuando la ofendida [Nombre 003], tenía entre 19 a 20 años de edad, un día de tantos, que el encartado acostumbrada llegar a la vivienda de la agraviada, ubicada en [...], el acusado [Nombre 002], aprovechándose que se encontraban solos, de la vulnerabilidady valiéndose ademásde la confianza que la ofendida le tenía, pues era su tío, con el claro fin de satisfacer susdeseos sexuales y acceder carnalmente a la ofendida la tomó con fuerza por los brazos la halóy la llevó hasta el cuarto, mientras que le decía que ella era su mujer, todo esto bajo la negativa y el forcejeo que realizaba la agraviada, ya en la habitación la despojó de sus prendas y con laúnica finalidad de satisfacer sus deseos sexuales, procedió a introducirle su pene en la vagina de la ofendida, en contra de su voluntad Producto de esta acción, la ofendida quedó embarazada de su segunda hija [Nombre 005] (también ofendida) quien nació el 12 de diciembre del 2011. 5.- Entre 13 de abril del 2020 al 12 de abril del 2021, cuando la persona menor de edad ofendida [Nombre 004], contaba con 10 años de edad, un día, cuando el imputado, la ofendida y su hermana [Nombre 005], se quedaron a dormir a la casa de un familiar de las partes (tía [Nombre 006], ubicada en Desamparados, S.M.H. en el mismo cuarto y cama, en horas de la noche, el acusado [Nombre 002] valiéndose de la minoridad de la ofendida, así como la vulnerabilidad, en razón que no estabasiendo visto por algún otro adulto y aprovechándose además de la confianza por ser su padrede manera abusivacon su mano le tocó la vagina por debajo de la ropa. 6.- Entre 01 de enero al 31 de diciembre del 2020, cuando la persona menor de edad ofendida [Nombre 004], contaba con 09 o 10 años de edad y se encontraba en segundo grado de la escuela, un día, cuando las partes se encontraban en su casa de habitación ubicada en [...], en horas de la noche madrugada, el acusado [Nombre 002], ingresó al cuarto a donde estaba dormida la ofendida,valiéndose de la minoridad yvulnerabilidad de la agraviada, además de la confianza que mantenía la misma por ser familia, de manera sorpresivacon evidente fin sexual, con su mano le tocó la vagina por debajo de la ropa. 7.- Entre 01 de enero al 31 de diciembre del 2021, cuando la persona menor de edad ofendida [Nombre 004], contaba con 10 o 11 años de edad y cursaba tercero grado de la escuela, un día, cuando las partes se encontraban en su casa de habitación ubicada en [...], en horas de la noche madrugada, el acusado [Nombre 002], ingresó al cuarto a donde estaba dormida la ofendida,valiéndose de la minoridad y vulnerabilidad de la agraviada, además de la confianza que mantenía la misma por ser familia, de manera sorpresivacon evidente fin sexual, con su mano le tocó la vagina por debajo de la ropa. 8.- Entre...

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