Sentencia Nº 20 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 20-04-2023

Fecha20 Abril 2023
Número de expediente21-000545-0059-PE(2)
Número de sentencia20
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José

Resolución: 2023-0520

Expediente:21-000545-0059-PE(2)

TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las once horascincuenta y cinco minutos, del veinte de abril del dos mil veintitrés-

Vista la solicitud de prórroga al plazo de la prisión preventiva que ha sido presentada por la licenciadaY.J.C., fiscal del Ministerio Público, en la causa seguida contra [Nombre 001]; por los delitos de VIOLACIÓN, ROBO AGRAVADO, VIOLACIÓN DE DOMICILIO AGRAVADA, ROBO SIMPLE, TENTATIVA DE HURTO SIMPLE Y EVASIÓN, en perjuicio de LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y OTROS

Redacta el juez de Apelación de Sentencia Penal A.V.; y

CONSIDERANDO:

I.- Solicitud del Ministerio Público.La licenciada Y.J.C., solicita que se autorice una prórroga extraordinaria de tres meses al plazo de la prisión preventiva del imputado [Nombre 001], desde el 24 de abril hasta el 24 de julio de 2023. Indica que con anterioridadeste Tribunal de Apelación de Sentencia Penal autorizó prórrogas extraordinarias al plazo de esa medida cautelar, mediante las resoluciones N° 376 de las 14:15 horas del 14 de marzo de 2022; N° 785 de las 14:10 horas del 2 de junio de 2022; y N° 1354 de las 8:45 horas del 16 de setiembre de 2021, a efecto de que dictara la sentencia que habría de definir la situación jurídica del imputado. Informa la fiscal que el Tribunal Penal. Luego, el Tribunal Penal dictó la sentencia condenatoria N° 184-2022 de las 13:00 horas del 24 de octubre de 2022, que declaró al imputado autor responsable de cinco delitos de violación, dos de robo simple, dos de robo agravado y uno de evasión, por los que le impuso una pena total de setenta y dos años y seis meses de prisión, que redujo a cuarenta y ocho años de prisión, conforme a la regla que rige la penalidad del concurso material de delitos, ordenando una prórroga de seis meses al plazo de la prisión preventiva, hasta el 24 de abril de 2023. Sostiene que la prórroga es necesaria, porque actualmente se está a la espera de que otra de las secciones del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal resuelva el recurso que la defensa técnica del imputado interpuso contra la sentencia condenatoria y es necesario asegurar el sometimiento del encartado al proceso y falta pocos días para el vencimiento de la medida cautelar. El peligro de fuga persiste, dada la alta pena que ha sido impuesta en la sentencia, siendo que ya sucedió que el imputado se evadió de la acción de la justicia.

II.- Audiencia a la defensa técnica. De la anterior solicitud de prórroga al plazo de la prisión preventiva del justiciable [Nombre 001] –mediante resolución de las 9:20 horas del 13 de abril de 2023–, se le confirió audiencia a la defensa del imputado, hasta el martes 18 de abril de 2023, para que indicara si era su deseo que se programara una audiencia oral para exponer sus argumentos o, en su defecto, de considerarlo procedente, los expusiera de una vez por escrito, en el entendido de que, en caso de no recibirse respuesta, se procedería a resolver con lo que consta en autos, una vez vencida la audiencia conferida. Vencido el plazo sin que se solicitara vista o diera contestación, se procede a resolver.

III.- Sobre la competencia de este Tribunal de Apelación para resolver la solicitud planteada. Este Tribunal de Apelación de Sentencia Penal ya se pronunció sobre su competencia para conocer de la solicitud de prórroga al plazo de la prisión preventiva, en las resoluciones N° 2022-376 de las 14:15 horas del 14 de marzo de 2022 N° 2022-785 de las 14:10 horas del 2 de junio de 2022 y N° 1354 de las 8:45 horas del 16 de setiembre de 2021, en las que se determinó que:

Según se corrobora en las copias en formato PDF de los legajos de investigación y de medidas cautelares, el imputado fue detenido el día 1 de marzo de 2021. El Juzgado Penal ordenó la prisión preventiva del imputado [Nombre 001] mediante resolución de las 15:18 horas del 2 de marzo de 2021, que luego de haber sido apelada por la defensa, devino confirmada por el Tribunal Penal, mediante resolución N° 11-2021 de las 14:13 horas del 5 de marzo de 2021. El imputado se evadió el día 7 de marzo de 2021, pero fue capturado el día 26 de marzo de 2021, permaneciendo sometido a prisión preventiva, desde entonces, de manera ininterrumpida, mediante las resoluciones que dictó el Juzgado Penal a las 13:00 horas del 29 de abril de 2021; a las 16:43 del 30 de junio de 2021; a las 9:00 horas del 30 de setiembre de 2021; a las 15:22 horas del 27 de octubre de 2021; a las 15:10 horas del 7 de enero de 2022 (que rechazó una solicitud de cambio de la medida cautelar); y a las10:40 horas del 1 de febrero de 2022 (que la extendió hasta el 19 de marzo de 2022, fecha en la cual cumpl el año ordinario, tomando en cuenta los días que el encartado estuvo en fuga). El Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, mediante resolución N° 376 de las 14:15 horas del 14 marzo de 2022, autorizó una primera prórroga de tres meses al plazo de la prisión preventiva (hasta el 19 de junio de 2022), para que dentro de dicho período se presentara la acusación y solicitud de apertura a juicio ante el Juzgado Penal en procura de señalar y realizar la audiencia preliminar (acto que ha sido señalada para el 6 de junio de 2022). Considera este Tribunal de Apelación que a la fecha se mantienen incólumes los peligros procesales que, desde un inicio, dieron lugar a esta medida de seguridad. El imputado no tiene arraigo domiciliar, familiar y laboral que sirvan de contención frente al peligro de fuga que se puede prever ante...

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