Sentencia Nº 2006-18002) de Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, 15-02-2022

Número de sentencia2006-18002)
Fecha15 Febrero 2022
Número de expediente190017961102LA
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José
*190017961102LA*
Expediente:
190017961102LA
Proceso:
Riesgo de Trabajo.
Actor:
[Nombre 001].
Demandado:
INS
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
N° 0070. TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. SECCIÓN SEGUNDA, a las ocho horas diez minutos del quince de febrero de dos mil veintidós.-
Riesgo de Trabajo seguido ante el Juzgado de Seguridad Social del Primer Circuito Judicial de San José por [Nombre 001], [...] , contra Instituto Nacional de Seguros representado por su Apoderado General Judicial sin límite de suma, Licenciado Hermann de la Fuente Ortíz, mayor, soltero, Abogado, vecino de San José cédula de identidad número uno- mil treinta y cinco- cero trescientos noventa y seis y contra J.A.B.S., mayor, cédula de identidad número dos- cero seiscientos cincuenta y dos- cero cero veintidós y N.R.U., mayor, cédula de identidad número dos- cero seiscientos sesenta y seis- cero cero cero siete, ambos representados por el curador procesal D.B.Z., mayor de edad, Abogado, cédula de identidad número uno- cero cuatrocientos setenta- cero quinientos setenta y seis.-
Redacta la Jueza SHADID GAMBOA; y,
CONSIDERANDO:
I.- Resumen del caso: Solicita la parte actora se declare en sentencia que el INS está obligado a prestarle asistencia médico-quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación así como prótesis y aparatos médicos para corregir deficiencias funcionales. Se ordene al INS el pago de los gastos de traslado, hospedaje y alimentación para recibir el correspondiente tratamiento, así como el pago de las prestaciones dinerarias de las incapacidades temporales y permanentes, calculadas con respecto al salario real. Se le ordene al demandado al pago de la factura pendiente ante la Caja Costarricense del Seguro Social por las atenciones médicas de urgencia, del accidente. Se indexen las sumas solicitadas. Se condene al demandado al pago de ambas costas producto de este proceso en el extremo mayor que permita la ley laboral. Se condene que al demandado al pago de intereses legales una vez establecida una cifra líquida y exigible a favor del suscrito.-
El representante del ente demandado contestó en forma negativa la acción, y opuso las excepciones de falta de derecho, pago, litis consorcio pasivo necesario. Solicita se dé audiencia de todo lo actuado y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR