Sentencia Nº 2006-18002) de Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, 15-02-2022
Número de sentencia | 2006-18002) |
Fecha | 15 Febrero 2022 |
Número de expediente | 190017961102LA |
Emisor | Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José |
*190017961102LA*
Expediente:
|
190017961102LA
|
Proceso:
|
Riesgo de Trabajo.
|
Actor:
|
[Nombre 001].
|
Demandado:
|
INS
|
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
N° 0070. TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL
DE SAN JOSÉ. SECCIÓN SEGUNDA, a las ocho horas diez minutos del quince de
febrero de dos mil veintidós.-
Riesgo de Trabajo seguido ante el Juzgado de Seguridad Social del Primer Circuito Judicial de
San José por [Nombre 001], [...]
, contra Instituto Nacional de Seguros representado por su
Apoderado General Judicial sin lÃÂmite de
suma, Licenciado Hermann de la Fuente OrtÃÂz, mayor, soltero, Abogado, vecino de San José
cédula de identidad número uno- mil treinta y cinco- cero trescientos noventa y seis y contra
J.A.B.S., mayor, cédula de identidad número dos- cero seiscientos
cincuenta y dos- cero cero veintidós y N.R.U., mayor, cédula de identidad
número dos- cero seiscientos sesenta y seis- cero cero cero siete, ambos representados por el
curador procesal D.B.Z., mayor de edad, Abogado, cédula de identidad
número uno- cero cuatrocientos setenta- cero quinientos setenta y seis.-
Redacta la Jueza
SHADID GAMBOA; y,
CONSIDERANDO:
I.- Resumen del caso: Solicita la parte actora se declare en sentencia que el INS está
obligado a prestarle asistencia médico-quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación
asàcomo prótesis y aparatos médicos para corregir deficiencias funcionales. Se ordene al INS
el pago de los gastos de traslado, hospedaje y alimentación para recibir el correspondiente
tratamiento, asàcomo el pago de las prestaciones dinerarias de las incapacidades temporales y
permanentes, calculadas con respecto al salario real. Se le ordene al demandado al pago de la
factura pendiente ante la Caja Costarricense del Seguro Social por las atenciones médicas de
urgencia, del accidente. Se indexen las sumas solicitadas. Se condene al demandado al pago de
ambas costas producto de este proceso en el extremo mayor que permita la ley laboral. Se
condene que al demandado al pago de intereses legales una vez establecida una cifra lÃÂquida y
exigible a favor del suscrito.-
El representante del ente demandado contestó en forma negativa la acción, y opuso las
excepciones de falta de derecho, pago, litis consorcio pasivo necesario. Solicita se dé audiencia
de todo lo actuado y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba