Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, 27-11-2020

Número de sentencia2019-0000529
Fecha27 Noviembre 2020
Número de expedienteExpediente:
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José
*180006991102LA*
Expediente:
18-000699-1102.La.
Proceso:
Riesgo de Trabajo.
Actor:
[Nombre 001].
Demandado:
INS
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
N° 453. TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ . SECCIÓN SEGUNDA , a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte.-
Riesgo de Trabajo seguido ante el Juzgado de Seguridad Social del Primer Circuito Judicial de San José por [Nombre 001], [...] contra Instituto Nacional de Seguros representado por su Apoderado General Judicial sin límite de suma, Licenciado Hermann de la Fuente Ortíz, mayor, soltero Abogado, vecino de San Jos é.-
Redacta la Jueza SHADID GAMBOA; y,
CONSIDERANDO:
I.- La parte actora presenta formal recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia cuyos agravios son los siguientes: Indica que en un primer dictamen emitido por el M édico Forense nú mero 2019-0000731 de fecha 22 de mayo de 2019 resultó en 6 d ías de incapacidad temporal y 1% de incapacidad permanente. Y que el Consejo M édico por su parte dictaminó a través de su informe pericial No. 2019-0000529 de fecha 06 de diciembre de 2019: 22 d ías de incapacidad temporal y 0% de incapacidad permanente Menciona que se deben sopesar los 2 peritajes, el primero m ás ventajoso para el trabajador en cuanto a la incapacidad permanente, sea un 1%. El segundo m ás ventajoso en cuenta a la incapacidad temporal, sea 22 días. El principio de no reforma en perjuicio, de la mano con el principio pro-víctima dejan claro, que el J.A., debió atender a la hora de la valoració n en tomar en consideración aquellos peritajes en cuanto más se beneficiaba y menos perjudicaba al actor. Es claro que el proceder del A. en primera instancia, omitió una valoraci ón integral de ambos peritajes, y omitiendo el principio de no reforma en perjuicio utiliz ó valoraciones que sí resultaron en la aplicación de la interpretación más desventajosa para el actor, causá ndole con la resolución un perjuicio y omitiendo así los principios laborales; ello resulta contra norma y en ese sentido se solicita a este Honorable Tribunal corregir tal actuación. Insiste en que el debi ó utilizar de los dos peritajes existentes dentro del expediente, el que m ás beneficioso resultare al trabajador, entendiendo que ambos peritajes a nivel probatorio gozan de la misma fuerza legal y que aquel que otorgaba un 1% a favor del trabajador era más beneficioso. Se reitera, no encuentra esta representación una justificaci ón o motivació n por parte del A., que expliqué las razones tomadas en consideración para haber...

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