Sentencia Nº 2019-4180 de Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José, 12-03-2021

Número de sentencia2019-4180
Número de expediente140003300505LA
Fecha12 Marzo 2021
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José
Tipo de procesoOR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
*140003300505LA*
EXPEDIENTE:
140003300505LA
PROCESO:
OR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
ACTOR
[Nombre 001]
DEMANDADO
EL ESTADO
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA N° 306
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las nueve horas con diez minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno.-
EJECUCIÓN DE SENTENCIA establecido por Proceso Ordinario Laboral promovido por [Nombre 001], [...] contra EL ESTADO representado por el Lic. J.A.L.B., mayor, casado, abogado, vecino de Cartago y portador de la cédula de identidad cinco-doscientos cuarenta y nueve-trescientos veinte en su condición de Procurador Adjunto. F. como apoderado especial judicial del actor el Lic. Gerardo Mora Protti, mayor, casado, abogado, vecino de San José y portador de la cédula de identidad número seis-ciento noventa y tres-ochocientos sesenta y cinco.
R.e.J.E.A.; y,

CONSIDERANDO

I.- La parte actora presenta liquidación de intereses mediante escrito incorporado al sistema el día 12 de noviembre de 2019.

Se confirió audiencia a la parte demandada, la cual se opuso a la liquidación.

En sentencia de primera instancia N° 2020001719 de las ocho horas cuarenta minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte, se dispuso: “ POR TANTO: De conformidad con lo antes expuesto y citas legales indicadas: En virtud de lo antes expuesto, lo procedente es APROBAR la liquidación presentada por la parte actora, y en su lugar se condena a la demandada, al pago de la suma de TRES MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA NUEVE COLONES CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS, por concepto intereses legales sobre los extremos concedidos, durante el período comprendido entre 4 de enero del 2010 al 27 de setiembre del 2019; el monto de UN MILLÓN CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA COLONES CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS, por concepto de indexación sobre los extremos concedidos, durante el período comprendido entre el 4 de enero del 2010 al 27 de setiembre del 2019 , la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE COLONES CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS, por concepto de costas personales derivadas de tal extremo. Se resuelve la presente liquidación sin especial condenatoria en costas. M.. Peggy Corrales Chavesâ€

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