Sentencia Nº 2019-601 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 04-12-2019
Número de sentencia | 2019-601 |
Número de expediente | 16-000688-0569-PE |
Fecha | 04 Diciembre 2019 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*160006880569PE*
Expediente: 16-000688-0569-PE
Contra: [Nombre 001]
Delito: Violación
Ofendido: [Nombre 004].
Res: 2019-601
Exp: 16-000688-0569-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago.
A las trece horas veinte minutos del cuatro de
diciembre de dos mil diecinueve.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 001],
[...], por el
delito de [Nombre 001], en perjuicio de [Nombre 004]. Intervienen en la decisión del recurso los jueces
J.R.G. y Christian Fernández
Mora y la jueza X.G.C.. Se apersonaron en apelación la licenciada D.V.B., en
su condición de defensora pública del imputado, y el licenciado J.M.M. representante del
Ministerio Público.
Resultando:
1.
Que mediante sentencia 411-2019 de las quince horas treinta minutos del veintiocho de mayo
de dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio de Cartago, resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con lo
expuesto y artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 8 incisos1 y 2 de la Convención Americana de Derechos
Humanos, 10 y 11 inciso 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos,9 inciso2 y 14 inciso 2 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y PolÃÂticos, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 11, 12, 13, 16, 142, 184, 265, 266, 267, 360 a 365 y
367 del Código Procesal Penal; y 1, 2, 3, 4, 11, 12, 14, 18, 19, 20, 30, 31, 45, 50 a 58, 59 a 63, 71 a 79 y 156 del
Código Penal, se resuelve:por unanimidad de los votos emitidos se declara
a [Nombre 001]
, AUTOR
RESPONSABLE de DOS delitos de VIOLACIÓN
, en perjuicio de [Nombre 004]
y en tal carácter se le impone el tanto
de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN
, razon de diez años por cada uno de ellos, sanción
que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos penitenciarios, previo abono de
la preventiva si la hubiere. Por haber variado la situación procesal del sentenciado con la resolución de la causa con
certeza e impuesto una pena cuantiosa lo cual lleva a este tribunal a la admonición de que podrÃÂa intentar evadir el
cumplimiento de la misma, para asegurar el cumplimiento de dicho reproche se dispone la Prisión preventiva del
sentenciado por espacio de seis meses, contados a partir del dÃÂa de hoy 28 de mayo de dos mil diecinueve y hasta el
28 de noviembre de 2019. Fecha en la cual será revisada la misma y en caso de haber adquirido firmeza la presente
sentencia se pondrá al sentenciado a la orden del Instituto Nacional de CriminologÃÂa. Son a cargo del Estado los
gastos del proceso por haberse procedido a instancia del Ministerio Público. C. lo resuelto al Juzgado de
Ejecución de la Pena, al Instituto Nacional de CriminologÃÂa y al Registro Judicial para lo de sus cargos, una vez que
adquiera firmeza la presente sentencia. Mediante lectura integral en la fecha que ha sido convocada notifÃÂquese. En
respaldo de lo resuelto se deja a su disposición la grabación de audio y video respectiva.
MANUEL RIVERA
SOLANO, F.R.M., S.G.S., JUECES DE JUICIO del TRIBUNAL PENAL
DE CARTAGO, SECCION TERCERA. (sic)."
2.
Que contra el anterior pronunciamiento, la licenciada D.V.B. interpuso el recurso
de apelación.
3.
Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artÃÂculo 466 del
Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación
de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.
4
. Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
Redacta el Juez
Robleto Gutiérrez, y;
Considerando:
I.-
La M.D.V.B., Defensora Pública de
[Nombre 001], con base en los artÃÂculos
36, 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
18 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 14.3,inciso g) y 14. 5 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y PolÃÂticos; 1, 22 y 156 del Código Penal; 1, 12, 82, 100, 142, 175, 181
184, 303, 437, 438, 439, 458, 460, 462, 465, del Código Procesal Penal, interpone recurso de apelación
contra la sentencia N° 411-2019 de las 15:30 horas del 28 de mayo de 2019, dictado por el Tribunal Penal
del Primer Circuito Judicial de Cartago, fallo mediante el cual se declaró a [Nombre 012]
, autor responsable
de dos delitos de violación en concurso material en perjuicio de [Nombre 004]
., por los que se le impuso la
pena de diez años de prisión por cada uno,...
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