Sentencia Nº 2019-614 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 11-12-2019
Número de sentencia | 2019-614 |
Número de expediente | 17-000317-0634 |
Fecha | 11 Diciembre 2019 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*170003170634PE*
Expediente:17-000317-0634 -PE
Contra: [Nombre 001]
Delito: Abuso sexual contra persona menor de edad y otro
Persona ofendida: [Nombre 006].
Res: 2019-614
Exp: 17-000317-0634-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Segunda. A las nueve horas cincuenta minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de Abuso sexual contra persona menor de edad y otro, en perjuicio de [Nombre 006]. Intervienen en la decisión del recurso los jueces M.M.N. y R.O.S., asàcomo, la jueza X.G.C.. Se apersonaron en apelación los M.Cs. C.C.S. en calidad de defensor particular del imputado [Nombre 001], MSc. Esteban Ceciliano Matamoros representante del Ministerio Público.
Resultando:
2. Que contra el anterior pronunciamiento, los licenciados M.Cs. C.C.S. y M.. Esteban Ceciliano Matamoros interpusieron los recursos de apelación.
3. Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artÃÂculo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.
4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
I. La audiencia oral para conocer de los recurso de apelación planteados se celebró en la primera audiencia del 3 de diciembre del 2019, integrándose el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago por los jueces M.M.N., quien lo presidió, J.R.G. y X.G.C.. Intervinieron además el Msc. C.C.S. como defensor del acusado [Nombre 001], por el sistema de video conferencia desde el Centro Penal Antonio Bastida de Paz y el Msc. J.M.M. en representación del Ministerio Público. Al no haberse recibido prueba ni ampliado los argumentos recursivos no existe infracción al debido proceso que esta resolución se adopte por una integración parcialmente diferente a la que participó en dicha audiencia.
II. El Msc. C.C.S., en su condición de defensor del encartado [Nombre 001], impugna la sentencia nº522-2019, dictada por el Tribunal Penal del I Circuito Judicial de la Zona Sur, sede de Buenos Aires, el dÃÂa 9 de setiembre del 2019, mediante la cual, en aplicación del procedimiento especial abreviado, le impuso el tanto de 8 años y 3 meses de prisión como autor responsable de 3 delitos de abuso sexual agravado contra persona menor de edad y 2 delitos de relaciones sexuales con persona menor de edad en perjuicio de [Nombre 006]. En el primer motivo de impugnación reclama una violación al debido proceso y al derecho de defensa por actividad procesal defectuosa por un erróneo ejercicio de la defensa técnica y material. Describe el vicio existente aduciendo que la jurisprudencia de este Tribunal, de la Sala Constitucional y de Casación Penal han sostenido que es contrario al principio de legalidad procesal la aceptación del procedimiento procesal abreviado en la fase de juicio. Luego de transcribir in extenso pronunciamientos relativos a dicho tema, menciona que, en los inicios del debate, quien ejercÃÂa la defensa técnica de su representado propuso la aplicación de dicha solución, lo que contó con la anuencia del Ministerio Público. Añade que el acusado nunca estuvo de acuerdo en someterse a ello ya que la acusación contenÃÂa afirmaciones falsas. Refiere que incluso el Tribunal de Juicio, no declaró la existencia de una alguna actividad procesal defectuosa sucedida en la audiencia preliminar y que hubiese validar la aplicación de ese instituto, pues incluso el imputado participó en la misma; además, no se le tomó el parecer a la madre de la vÃÂctima ni a ésta última, lesionándose sus derechos como persona menor de edad. Añade que tanto el defensor como el fiscal de fuicio conminaron al acusado a aceptar la procedencia bajo la amenaza...
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