Sentencia Nº 2020-000282 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 02-11-2020

Número de sentencia2020-000282
Fecha02 Noviembre 2020
Número de expediente15-000536-0623-PJ
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2020-000282
Expediente: 15-000536-0623-PJ (5)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL SECCIÓN PRIMERA. Segundo Circuito Judicial de San José . G a las quince horas veinticinco minutos, del dos de noviembre de dos mil veinte.-
Vistas las presentes diligencias, este Tribunal, resuelve,
R.e.J. de apelación C.M.; y,
CONSIDERANDO:

MOTIVO ÚNICO: La licenciada G.R.S., Defensora Pública del joven sancionado interpuso recurso de apelación que se resume en lo siguiente: (i) La sanción alternativa se encuentra prescrita a la luz de lo dispuesto en los artículos 110 de la Ley de Justicia Penal Juvenil y 30 de la Ley de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles, ya que el último acto interruptor ocurrió el 25 de octubre de 2020 y a la fecha transcurrieron los 9 meses de duración previstos en la sentencia, lo que ocurrió el 25 de julio de 2020 sin que ningún otro acto procesal tuviera incidencia en el cómputo de dicho plazo. (ii) La Defensa solicitó que antes de que se girara orden de captura del sentenciado se resolviera incidente de prescripción planteado e incluso interpuso un recurso de revocatoria y apelación subsidiaria al respecto, el que no fue resuelto ni se le dio trámite al recurso de apelación. (iii) El Juzgado, a pesar de haberse interpuesto incidente de prescripción de la sanción penal juvenil procedió a ordenar la captura del sancionado, lo cual constituye un error ya que afectó los principios de seguridad jurídica y de legalidad porque lo procedente era resolver el incidente de prescripción interpuesto por la defensa. (iv) Se solicita dejar sin efecto la orden de captura y se declare la prescripción de la sanción penal juvenil.

II.- Posicisión del Ministerio Público. El Ministerio Público no contestó la audiencia conferida.

III.- Con lugar el recurso de apelación. Constata esta Cámara que el 1 de agosto de 2020 la Defensora Pública G.R.S. interpuso incidente de prescripción de la sanción, gestión que dio lugar al incidente 1993-20 que tramita el Juzgado de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles, el que fue puesto en conocimiento del Ministerio Público el 20 de agosto de 2020 y a la fecha no ha sido resuelto. El 5 de agosto de 2020 se declaró rebelde al joven sancionado (folio 44 legajo incidental 85-20). Contra dicha resolución se interpuso recurso de revocatoria con...

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