Sentencia Nº 2020-00816 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 31-08-2020
Número de sentencia | 2020-00816 |
Fecha | 31 Agosto 2020 |
Número de expediente | 14-000352-0382-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax: 24569029
__________________________________________________________________________________
Exp: 14-000352-0382-PE
Res: 2020-00816
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN CUARTA.
S.R., a las catorce horas veinte minutos (02:20 p.m.) del treinta y uno de agosto de dos mil veinte.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 001],
[...], por un delito de LESIONES CULPOSAS en perjuicio de [Nombre 003]. Intervienen en la decisión del recurso, los jueces
R.M.L., J.B.G
y la jueza A.L.H.C.. Se apersonan en apelación de sentencia, el licenciado L.B.U
apoderado especial judicial de la actora civil [Nombre 003].
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número
294-2019 de las diecisiete horas del tres
de mayo del dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio de H., resolvió: "POR
TANTO: De conformidad con lo expuesto, en observancia de las reglas de las
reglas de la sana crÃÂtica racional y artÃÂculos 8 inciso 1 y 2) de la Convención
Americana de Derechos Humanos; 10 y 11 de La Declaración Universal de
Derechos Humanos; 9 inciso 2 y 14 inciso 2) del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y PolÃÂticos, 39, 41 de la Constitución PolÃÂtica; artÃÂculos 16 y 38 del Arancel
de Honorarios por Servicios JP-39078; artÃÂculos 1, 2, 3, 4, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20
30 , 33 y 128 del Código Penal; artÃÂculos 1,2, 3, 4, 9, 11, 12, 16, 40, 41, 70, 71, 75
76, 77, 80, 142, 184, 265, 266, 267, 303, 358, 359, 360 a 366 del Código Procesal
Penal al resolver este asunto, el Tribunal concluye, que lo procedente es en
aplicación del principio indubio pro reo absolver de toda pena y responsabilidad a
[Nombre 001] de un delito de LESIONES CULPOSAS en perjuicio de [Nombre
003] que se le ha venido acusando. Se Declara Sin Lugar la Acción Civil
Resarcitoria incoada por la actora civil [Nombre 003] en contra de la demandada
civil [Nombre 001], al no existir razón plausible para litigar st condena en las costas
personales y procesales a la
actora civil en la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS COLONES CON CUARENTA Y OCHO
CÉNTIMOS y las costas penales (querella) la suma de CUATROCIENTOS
CUARENTA...
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